PRESENTACION
Con el surgimiento de la Ley General de
Educación en Colombia se demanda de las instituciones educativas la
construcción de un Manual de Convivencia que defina las pautas de relación,
actuación y comportamiento de las personas que hacen parte de la comunidad
educativa, esto con el objeto de que actúen en concordancia con ellas, se
facilite la convivencia en comunidad, se permita el pleno desarrollo individual
y el ejercicio de las acciones de cada uno de sus miembros. Este documento se
fundamenta para ello en los derechos individuales y colectivos.
La construcción de este documento se plantea
en los artículos 73 y 87 de la ley anteriormente mencionada, así como el Decreto 1860 de 1994,
en su artículo 17, donde se menciona que se debe definir los derechos y deberes
de los estudiantes, así como sus
relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa y propone además
doce aspectos que se deben tener en cuenta en la elaboración del Manual de Convivencia.
La importancia de este instrumento para
nuestra institución radica en que se da cumplimiento a una exigencia del
sistema educativo y se elabora un documento con participación de los miembros
de la comunidad educativa, donde se define en acuerdo las reglas que permitirán
construir una convivencia armoniosa, proporcionará al estudiante las
oportunidades para el desarrollo de competencias básicas, ciudadanas y define
los perfiles de formación y actuación para cada uno de sus integrantes.
Por ser un elemento de orientación institucional
es validado por el Consejo Directivo de la institución y por su permanente consulta debe ser periódicamente
revisado y adecuado a las necesidades institucionales y exigencias del
contexto.
En consideración a lo anterior se pone a
disposición de la comunidad educativa de la Institución Educativa
Juan XXIII el presente Manual de Convivencia, para que sea conocido y asumido
por todos los miembros que interactúan en ella.
INFORMACION
GENERAL DE LA INSTITUCIÓN
Nombre
Creación
Dirección
Teléfono
Clase
Propietario
Carácter
Jornada
Calendario
Código
DANE Inscripción Secretaría de
Educación: 0103118-004
:NIT
Correo
Electrónico
Representante
legal
Niveles :
Aprobación:
Característica Preescolar Básica Media
Académica Transición
Primero
a Noveno Décimo y Undécimo
|
INSTITUCIÓN
EDUCATIVA JUAN XXIII
Decreto No. 0149 del 17 de diciembre de 2003
Carrera 11º , Calle 10º, esquina, contiguo al Departamento de Policía
(098)4356873
Oficial
Municipio de
Florencia
Mixto
Mañana, Tarde, Extendida (Sábados)
A
183001000818
828000235-8
juanxxiii@semflorencia.gov.co
GABRIEL VALENCIA
HERMIDA
Educación preescolar, educación básica
primaria y secundaria y educación media, educación continuada, educación
inclusiva (limitados auditivos)
Resolución 590 del 23 de julio de 2010 emanada de
Institución garante de derechos de niños,
niñas, jóvenes y adultos en situación de discapacidad. Para ello desarrolla
políticas de educación inclusiva dirigidas a personas que presentan discapacidad auditiva y discapacidad
cognitiva a través de programas y metodologías apropiadas a sus
características de desarrollo.
|
INSTITUCION
EDUCATIVA JUAN XXIII
CONSEJO DIRECTIVO
RESOLUCIÓN Nº
( fecha
)
Por el cual se adopta el manual de convivencia
CAPÍTULO I
Generalidades
Artículo 1:
Conceptos.
Convivencia: Se concibe el concepto de
convivencia como todas aquellas acciones que deben desarrollar los miembros que
hacen parte de la comunidad educativa de la Institución Educativa
Juan XXIII, para que sea posible el desarrollo de los fines propuestos por el
sistema educativo colombiano, los objetivos del Proyecto Educativo
Institucional –PEI-, y la satisfacción
de las expectativas de los usuarios del servicio educativo institucional, en un
ambiente de compromiso, corresponsabilidad y fraternidad.
Manual de
Convivencia: Documento
construido por la comunidad educativa,
mediante un proceso participativo y deliberativo, donde se establecen los
parámetros que rigen las actuaciones de los miembros de la comunidad educativa,
a partir de la normatividad expedida por el Ministerio de Educación Nacional,
los referentes internacionales en torno a los Derechos Humanos y Derechos de
las Personas con discapacidad y la legislación emanada por los diferentes entes
encargados de la administración de la justicia en nuestro país, la cual es de
obligatorio cumplimiento por los individuos colombianos. Este instrumento será
de permanente consulta en las decisiones pertinentes y deberá ser de
obligatorio cumplimiento por todas las personas a quien se refiere en el mismo,
para ello se entregará un ejemplar en el momento de la matrícula y cuando se
hagan las adecuaciones pertinentes.
Comunidad
Educativa: Es
el conjunto de personas que intervienen de manera directa en los procesos que
se desarrollan en los diversos servicios que demanda la vida institucional. Se
consideran miembros de la comunidad educativa de la Institución Juan
XXIII las siguientes personas: estudiantes, Padres de Familia o acudientes,
Docentes, Directivos docentes, administrativos, personas que se desempeñan en
los servicios generales, personas de apoyo a la inclusión educativa de la
población con discapacidad auditiva: interpretes y modelos lingüísticos, egresados
y representantes del sector productivo. De igual manera es necesario que las
personas que laboran en el restaurante escolar y aquellas que por razón de
contratación prestan servicios en la institución como contador, celador,
cafetería escolar, suministro de fotocopias, deben igualmente conocer y acatar
las normas de convivencia establecidas.
Libre desarrollo de la personalidad: El Artículo
13 y en especial el 16 de la Constitución Política
consagra el derecho al libre desarrollo de la personalidad en los siguientes términos:
“Todas las personas tienen derecho al libre
desarrollo de su personalidad sin
más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden
jurídico.”
La esencia del libre desarrollo de
la personalidad, como derecho, es el reconocimiento que el Estado hace de la
facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin
coacción, ni controles injustificados o impedimentos por parte de los demás. El
fin de ellos es la realización de las metas de cada individuo de la especie
humana, fijadas autónomamente por el de acuerdo con su temperamento y el
carácter propio, con la limitación de los derechos de las demás personas y del
orden publico. (C-481 de 1998)
En este sentido la institución dentro de este documento
establece los parámetros de presentación personal, las relaciones
interpersonales, los compromisos que
adquieren los miembros de la comunidad educativa, a partir del derecho a
la igualdad, el respeto mutuo y el orden institucional.
Autocontrol: Es visto como el dominio que una persona puede tener de sus reacciones, sentimientos e impulsos a través de una determinación voluntaria para poder hacerlos surgir o
crecer, mantener o someter según su libre decisión. Es importante su desarrollo
en cada uno de nosotros por cuanto nos permite tener unas relaciones armónicas
y una solución pacífica, equilibrada y razonable de los conflictos, así como de
la capacidad para aceptar las diferencias de pensamiento y la importancia de
los acuerdos.
CAPÍTULO II Referentes
legales
Artículo 2. Marco
legal: El
fundamento legal que sirve de soporte al presente Manual de Convivencia lo
constituyen los siguientes documentos:
-Decreto 366 de febrero 9 de
2009. Por el cual se reglamenta la organización del servicio de Nº apoyo
pedagógico para la atención educativa a estudiantes con discapacidad o talentos excepcionales
-Decreto 2082 de 1996 por el cual se reglamenta la
atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o tale excepcionales en el marco de la
educación inclusiva.
-Decreto 1290 de 2009 por el cual se establece el Sistema Institucional
de Evaluación de los estudiantes –SIE-
-La Constitución
Nacional de 1991.
-La Convención Internacional
de los Derechos Humanos y de los derechos de las mujeres.
-La ley 715 de 2001.
-Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 por el
cual se expide el Código de la infancia y la adolescencia.
-Ley de juventudes y código del menor
-Fallos de la Corte Suprema.
CAPÍTULO III Filosofía, Visión,
Misión y principios institucionales
Artículo 3. Filosofía.
Artículo 4. Misión
(propuesta) La institución educativa Juan
XXIII asume como su misión constituirse en un espacio que reconoce la
importancia del desarrollo humano, la convivencia armónica y la coexistencia de
la diversidad cultural de la población regional, para ello se constituye en un
escenario donde se desarrollan procesos de inclusión educativa de grupos
minoritarios tales como estudiantes en situación de discapacidad y en donde la
equiparación de oportunidades en los procesos de formación integral que se
desarrollan para ellos deben ser su horizonte institucional. Esto con el objeto
de que su acción educativa forme para la sociedad ciudadanos autónomos,
respetuosos de la diferencia, responsables en la utilización y preservación del
medio ambiente, participativos en los procesos de interés colectivo, creativos,
capaces de tomar decisiones que transformen su entorno y de producir
creativamente en el campo de la ciencia, la cultura, la tecnología y el arte.
Artículo 5. Visión
(propuesta) Liderar las políticas educativas, de cuidado y
preservación ambiental, de formación para el trabajo, de participación
democrática, así como las de inclusión
educativa y social de poblaciones en situación de discapacidad y vulnerabilidad,
valorando en la diferencia y diversidad de sus estudiantes una oportunidad de
aprendizaje colectivo y de convivencia, reconociéndolos de igual manera como sujetos plenos de derechos y con
capacidad para desarrollar con autonomía sus procesos de formación, apoyados
para ello en los principios de participación, equiparación de oportunidades,
accesibilidad, en corresponsabilidad con las entidades territoriales y las
familias, para el desarrollo de las acciones y proyectos tendientes a la
atención de sus necesidades educativas, particularidades y Proyecto Educativo
Institucional.
Articulo 6. Principios.
La institución
adopta como principios los siguientes:
Autonomía. La autonomía de los miembros de la comunidad educativa esta
relacionada con la responsabilidad que le asiste a cada uno para asumir el rol
asignado dentro de la institución. Cada uno en cumplimiento de su cargo debe
velar por la calidad del servicio que realiza en concordancia con los
propósitos institucionales, por esta razón debe poner a disposición del
cumplimiento de la misión institucional, éticos, morales y sociales y
establecer con los otros miembros relaciones de afecto, mutua confianza y
cooperación.
Participación y pertenencia: La participación es un elemento de vital
importancia en el desarrollo de la pertenencia al grupo, los miembros de la
comunidad educativa deben tener los espacios e instancias de participación en
la toma de decisiones que afectan o
proyectan la vida institucional, este principio cohesiona y da sentido a
las normas y acuerdos.
Solidaridad: En un grupo tan amplio de personas es un valor que debe ser
privilegiado, de ahí que se le otorgue el valor de principio, el sentido de
pertinencia que desarrollen las personas sobre su institución, es lo que
permite que todos aúnen esfuerzos por sacar adelante el Proyecto Educativo
Institucional PEI, el cual cada uno debe
asumir en corresponsabilidad para su correspondiente implementación, desde la
labor asignada. De igual manera la solidaridad hacia la necesidad que presente
uno de los miembros debe ser un elemento de desarrollo de la sensibilidad y
fraternidad entre los miembros del grupo escolar.
Tolerancia y
respeto: Cada
individuo del grupo escolar es diferente en su conformación y desempeño físico, en su capacidad intelectual y
lingüística, en su madurez para asumir soluciones a los problemas, en su
percepción del entorno, estas diferencias deben conducir a desarrollar valores
como la aceptación de las diferencias individuales, la tolerancia y el respeto.
La inclusión de personas con discapacidad debe ser un elemento que me permita
verme como un ser dotado de oportunidades para trascender y no para excluir,
discriminar o irrespetar a quien por diversas razones carece de una de estas
cualidades. Cada ser humano tiene valor por el solo hecho de ser humano.
Igualdad: Cada miembro del grupo de la
comunidad educativa es sujeto pleno de derechos, de igual manera su pertenencia
a la institución comporta una serie de deberes para consigo mismo, y para con
los demás, de ahí que todos deben ser tratados en igualdad de condiciones,
situaciones y oportunidades, es aquí cuando el Manual de Convivencia encuentra
sentido y razón de ser.
Honestidad: Los miembros de la comunidad
educativa, actuarán con honradez, respetando lo que pertenece a los demás, se comportarán y se expresarán con coherencia y sinceridad (decir la verdad ),
y de acuerdo con los valores de verdad y justicia. Se trata de vivir de acuerdo
a como se piensa y se siente
Responsabilidad: Cada
miembro de la comunidad educativa reconocerá y responderá a las propias
inquietudes y las de los demás, reportará oportuno de las anomalías que se
generan de manera voluntaria o involuntaria, planeará en tiempo y forma las
diferentes acciones que conforman su actividad académica, asumirá con
prestancia las consecuencias que las omisiones, obras, expresiones y
sentimientos generan en la persona, el entorno y los elementos a su cargo,
promoverá principios y prácticas saludables para producir, manejar y usar las
herramientas y materiales que la institución le deje a su cargo.
CAPITULO IV Obligación institucional Artículo 7: Obligaciones especiales. Son obligaciones de la institución educativa las
asignadas por la
Constitución Política de Colombia, la normatividad emanada
por el Ministerio de Educación Nacional,
los entes gubernamentales nacionales, territoriales y locales y en especial las
conferidas en el Código de la infancia y la adolescencia entre las cuales
figuran:
Facilitar el acceso de los
niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia de
acuerdo a su capacidad de adaptación al medio, de sociabilidad y convivencia
que permita el buen desarrollo académico y disciplinario del grupo.
Brindar una educación pertinente y de calidad.
Respetar en toda circunstancia la dignidad de los
miembros de la comunidad educativa.
Facilitar la participación de los estudiantes en la
gestión académica de la Institución Educativa.
Abrir espacios de comunicación con los padres de
familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en
las relaciones dentro de la comunidad educativa.
Organizar programas de nivelación de los niños y
niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo
escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica.
Respetar, permitir y fomentar la expresión y el
conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar
actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal
fin.
Estimular las manifestaciones e inclinaciones
culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y promover su producción
artística, científica y tecnológica.
Garantizar la utilización de los medios tecnológicos
de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca
adecuada.
Organizar actividades conducentes al conocimiento,
respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y
arqueológico nacional.
Fomentar el estudio de idiomas nacionales y
extranjeros y de lenguajes especiales.
No habrá conductas discriminatorias por razones de
sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el
ejercicio de sus derechos
Artículo 8. Obligaciones complementarias. En el ejercicio que le compete a
la institución educativa como garante de derechos de niños, niñas, jóvenes y
adultos debe velar que todos los estudiantes cuenten con las siguientes
requerimientos:
1.
Comprobar la inscripción del registro civil de
nacimiento.
2.
Establecer la detección oportuna y el apoyo y la
orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual,
violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de
servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.
3.
Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen
de salud.
4.
Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno
respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia
escolar.
5.
Prohibir el tráfico y consumo de todo tipo de
sustancias psicoactivas dentro de la institución que producen dependencia
dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades
competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de
las instalaciones educativas.
6.
Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y
tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño,
niña o adolescente con discapacidad.
7.
Reportar a las autoridades competentes, las situaciones
de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas
y adolescentes.
8.
Orientar a la comunidad educativa para la formación en
la salud sexual y re productiva y la vida en pareja.
Artículo 9. Obligaciones
éticas: La institución tendrá la obligación fundamental de garantizar a los
niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad
física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto deberán:
1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto
por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la
aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello
deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás,
especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o
capacidades sobresalientes.
2. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados
de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física
o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia
niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia
niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.
CAPITULO V
Relacionados con
los estudiantes: Características, derechos y deberes
Artículo 10.
Características del estudiante: La formación impartida en la institución propenderá porque sus
estudiantes adquieran las siguientes características:
1.
Una persona
reflexiva y crítica de los procesos y relaciones que acontecen en el entorno
social y escolar.
2.
Con capacidad
para autoformarse y propender por un cambio
de actitudes y aptitudes.
3.
Independiente
en su forma de concebir el mundo en el que se desenvuelve, pero con respeto
para aceptar las diferencias de otras formas de pensamiento.
4.
Capaz de
transformar su entorno escolar donde la ciencia, la cultura, la tecnología y la
ciudadanía sean los pilares de la acción educativa.
5.
Participe en
la construcción de las reglas de convivencia del escenario institucional, para
facilitar el desarrollo de las actividades en armonía, respeto y
responsabilidad.
6.
Responsable de
los quehaceres que asuma en cualquier aspecto de su vida personal o del grupo
social al que pertenece.
7.
Sensible a la
diferencia por razones de discapacidad, equidad de género y condiciones
socioeconómicas, para crear un ambiente de solidaridad, oportunidad y fraternidad.
8.
Un ser libre
para expresar de manera respetuosa y fundamentada sus opiniones y sugerencias.
9.
Con incidencia
para hacer parte de los organismos del gobierno escolar y desde allí participar
en la toma de decisiones que contribuyan al bien común.
10.
Competente para establecer asociaciones entre el
saber, el hacer y el ser para encontrar
sentido a su formación educativa.
11.
Con los
elementos cognoscitivos, competencias laborales y actitudes necesarias para
construir su proyecto de vida.
12.
Fundamentado a
nivel intelectual, moral y ética para su
inclusión y desempeño social.
13.
Capaz de
aceptar su situación de discapacidad auditiva como una diferencia
lingüística que da lugar a una situación
de oportunidad para la inclusión educativa y social.
Artículo 11. Derechos: Son derechos de los estudiantes
los siguientes:
1.Los
establecidos en Las normas contenidas en la Constitución Política ,
Tratados o Convenios Internacionales de derechos humanos ratificados por
Colombia, en especial la
Convención sobre los Derechos del niños, niñas y jóvenes y que tienen por
finalidad garantizar su pleno y armonioso desarrollo en un ambiente de
felicidad, amor y comprensión. Estas normas son de obligatorio cumplimiento y su
vulneración obliga al restablecimiento de los mismos.
2.
Los niños, niñas y jóvenes tienen derecho en la institución a desarrollarse en un ambiente de
felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la
dignidad humana, sin discriminación alguna.
3. La institución como representante del Estado, junto con
la familia de los estudiantes y la sociedad se constituye en garantes de los
derechos que le asisten a niños, niñas y jóvenes, en su atención,
formación, cuidado y protección.
4. La institución asume una perspectiva de género entendida esta como el reconocimiento de las
diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las
personas según el sexo, la edad, y el rol que desempeñan en la familia y en el
grupo escolar.
10. los niños, las niñas y los adolescentes con
discapacidad incluidos en la institución tienen derecho a:
- Gozar de una calidad de vida plena y a que se les
proporcionen las condiciones necesarias
para que puedan valerse por sí mismos e integrarse en la vida institucional.
- Deben ser protegidos contra cualquier acto que amenace o
vulnere su vida, su dignidad y su integridad personal.
- Al respeto por la diferencia y a disfrutar de una vida
digna en condiciones de igualdad con las demás personas, que les permitan
desarrollar al máximo sus
potencialidades y su participación activa en la comunidad de acuerdo a
las condiciones que el Estado le brinde también a la institución.
- Los estudiantes sordos tienen derecho a contar con un entorno
lingüístico, entendido este como el espacio donde se comparte, se adquiere y se
fortalece la Lengua
de Señas Colombiana en forma natural.
11. Los niños, las niñas y los adolescentes gozan de las
libertades consagradas en la Constitución Política y en los tratados
internacionales de derechos humanos. Forman parte de estas libertades: el libre
desarrollo de la personalidad y la autonomía personal; la libertad de
conciencia y de creencias; la libertad de cultos; la libertad de pensamiento;
la libertad de locomoción; y la libertad para escoger profesión u oficio.
13.Participar en la elaboración del manual de convivencia,
en la construcción del PEI .
PARÁGRAFO:
ESTUDIANTES EMBARAZADAS. Las estudiantes
en situación de embarazo o maternidad tienen los mismos derechos que los demás estudiantes, no
pudiendo ser objeto de ningún tipo de discriminación.
El embarazo o
maternidad de una estudiante no podrá ser causal para cambiarla de jornada o a un curso paralelo, salvo que ésta
manifestare su voluntad expresa de cambio fundada en un certificado otorgado
por un profesional de la medicina.
Las directivas de
la institución otorgan las facilidades académicas necesarias para que las
estudiantes en situación de embarazo o maternidad asistan regularmente durante
todo el período de gestación al Establecimiento de Salud correspondiente para
el control prenatal periódico, como asimismo, a los controles médicos de post
parto y a los que con posterioridad requiera el lactante.
Durante la lactancia, las
estudiantes, tienen derecho a dar alimentación a su hijo o hija, deberá acordar
con el/a Coordinador/a los horarios para
salir del establecimiento, para lo cual su acudiente deberá firmar la
autorización por el período que dure la lactancia.
Si así lo quisiera podrá
recibir a su hijo/a en el propio establecimiento para amamantarlo o
alimentarlo, disponiendo para ello de la enfermería del Colegio y estableciendo
acuerdos de horario entre el adulto responsable de trasladar el lactante a la
estudiante.
Las estudiantes no podrán
asistir a clases con su hijo/a, ya que la institución no cuenta con las
condiciones para atender a lactantes.
Artículo 12.
Deberes: Los deberes son los comportamientos que se espera que los
estudiantes asuman dentro de la institución educativa, su cumplimiento
contribuye al mejoramiento de la convivencia institucional. Se consideran
deberes los siguientes:
1. Cumplir con responsabilidad el deber que le asiste de
estudiar, puesto que su ingreso a la institución fue solicitado con este
propósito.
2. Lo/as estudiantes deberán cumplir las obligaciones
cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo en su grupo
social.
3. Estar debidamente legalizada su matricula con el
cumplimiento de los requisitos exigidos por la institución.
4. Cumplir las normas establecidas en la institución y
dadas a conocer mediante el Manual de convivencia.
5. Observar reglas de higiene, salubridad y presentación
personal, que contribuyan a mantener y preservar la salud de todas las
personas, igualmente abstenerse de asistir a la institución cuando su estado de
salud presenta enfermedades infectocontagiosas y contribuir al mantenimiento y
aseo del entorno escolar como requisito para preservar la salud y el medio
ambiente.
6 Tratar con cortesía, respeto y consideración a las
personas, absteniéndose de usar expresiones verbales, letreros, gestos y
modales que denigren, humillen, ofendan y atenten contra la dignidad de los
miembros de la comunidad educativa,
7. Usar, mantener y preservar en buen estado el entorno
institucional, los recursos didácticos, los medios audiovisuales, los equipos
de informática, la infraestructura, la batería sanitaria, los libros de la
biblioteca y el mobiliario, dispuestos para su aprendizaje.
8. Reparar, retribuir y responder solidariamente a la
institución por el mal uso, deterioro y los daños en que incurra, de los
recursos institucionales o de los elementos personales de sus compañeros.
9 Dar a conocer oportunamente a la persona indicada
–Rector, Coordinador, Docente- toda acción o comportamiento que afecte a la
institución o a uno de sus miembros, realizado por cualquiera de las personas
de la comunidad educativa.
10. Presentarse con los uniformes correspondientes,
absteniéndose de portar aderezos que conduzcan a la creación de conflicto,
desigualdad o desorden en el aula.
11. Responsabilizarse de sus pertenencias correspondientes
a útiles, joyas, celulares o elementos que no corresponden a los elementos de
trabajo escolar.
12. Mantener el orden y la disciplina durante las
actividades de aula o de carácter general como factor de respeto al derecho que
tienen sus compañeros de recibir la educación y de expresar sus habilidades
artísticas y culturales.
13. Ingresar puntualmente a cada una de las clases y
actividades escolares, guardando el debido respeto, disciplina y comportamiento
y teniendo en cuenta los timbres que indican los tiempos de inicio y fin de
descanso entre clases. 14. Cumplir en las fechas establecidas con los trabajos,
las evaluaciones y las habilitaciones, así como contar con los útiles y
materiales requeridos para su trabajo y desempeño escolar.
15. Mantener en silencio el celular durante las clases y
actividades colectivas y hacer uso de él solamente en los tiempos de descanso.
16. Presentar personalmente la correspondiente excusa
justificada por la inasistencia a clase y en caso de retiro de la institución
en horas de clase le corresponde
presentarse al responsable del estudiante ante el Coordinador para la
solicitud del permiso de retiro. El/la estudiante de educación extendida lo
hará mediante su firma.
17. Avisar oportunamente a los padres de familia o acudientes
sobre las citaciones que la institución o docente hacen para tratar aspectos
relacionados con su rendimiento académico o comportamiento.
18. No debe presentar en la institución las siguientes
situaciones: portar, consumir, expender
dentro de ella alcohol o drogas psicoactivas, así como inducir a otros a estas
prácticas, ni portar ningún tipo de armas.
19. Representar con decoro a la institución en actividades
interinstitucionales y cumplir con responsabilidad los encargos asignados en
cumplimiento de la labor académica o institucional.
20. No traer a la institución álbumes, figuras de
colección, revistas pornográficas y/o similares.
21. No recibir visitas de carácter personal durante la
jornada escolar.
22. En caso de retiro de la institución, cualquiera que
sea el motivo es obligación ponerse a paz y salvo con todas las dependencias
del plantel, firmar en la secretaria la
cancelación de la matricula.
23. Acatar las sugerencias, recomendaciones y llamados de atención de los profesores y
demás
Miembros de la
institución.
24. Proveerme de los elementos escolares necesarios para
el desarrollo de las actividades curriculares.
25. Conservar una conducta publica acorde con el decoro y
la dignidad del estudiante dentro y/o fuera de la institución en consonancia
con las normas de la sociedad y las normas de convivencia.
26. Abstenerse de expresar abiertamente manifestaciones
amorosas de pareja con sus compañeros o compañeras, profesores y demás
funcionarios en la institución.
27. Informar oportunamente al padre de familia o acudiente
de las reuniones, llamado por parte de los educadores, entrevistas y horarios
de atención.
28. Responder por sus actos ante la instancia respectivas
de forma oral o escrita según sea la falta.
29. Abstenerse de colocar letreros, apodos y/o dibujos que
denigren u ofendan a cualquier persona o institución que deterioren la buena
imagen de la institución.
30. Abstenerse de comprar y recibir cualquier tipo de elemento a través
de la malla que separa al interior de la institución con la parte externa de la
misma.
31. Privarse de portar armas, de participar en riñas,
suplantar personas; no debe presentarse acudientes falsos ni levantar falsos
testimonios que atenten contra la honra moral y bienes de sus semejantes.
32. No utilizar el nombre y la razón social de la
institución en beneficio personal.
33. Abstenerse de consumir alimentos o mascar chicle en el
salón en horas de clase.
CAPITULO VI Situaciones
que perjudican la convivencia
institucional
Artículo 13. Comportamientos indebidos dentro de la institución: Los
siguientes se consideran que son actuaciones que crean malestar y conflicto,
por lo tanto perjudican la convivencia institucional. Todos los miembros de la
comunidad educativa deben abstenerse de realizarlas, pues incurrirán en faltas
que recibirán el correspondiente amonestamiento y sanción:
Hacer uso de palabras insultantes,
humillantes o denigrantes de la dignidad de las personas en el trato entre
compañeros, profesores, directivas o personal administrativo.
Discriminar, minimizar o ridiculizar a
las personas por razones de raza, condición social, desempeño académico,
identidad sexual, preferencia política, discapacidad o religión.
Propiciar riñas dentro o fuera de la
institución o formar escándalos por motivos de conflicto causado por
dificultades en las relaciones afectivas, desacuerdos en las competencias
deportivas, o por discusiones académicas.
Maltratar verbal, física o
psicológicamente a niños o niñas que por su condición de vulneración,
indefensión o discapacidad no pueden valerse por sí mismos, de igual manera
inducirlos a cometer actos que vulneran los derechos de otros o atentan contra
la institución.
Portar armas o elementos diferentes a
los utilizados en las labores académicas que causen daño físico a otros o interrumpan la actividad de clase.
Promocionar o vender objetos así como
alimentos sin el correspondiente permiso de la rectoría
Expender, distribuir, consumir, portar o
inducir al consumo de sustancias embriagantes o alucinógenas dentro de la institución
o en actividades que involucren el nombre de la institución.
Practicar ritos satánicos, espiritismo,
brujería y todos aquellos actos que atentan contra la dignidad humana y la
salud mental.
Realizar tatuajes o colocar pirsin a l@s
compañer@s atentando contra la integridad física y salud de la persona.
Falsificar documentos, alterar
calificaciones, no entregar citaciones a los padres por situaciones de
comportamiento indebido, así como sustraer o deteriorar pertenencias ajenas.
Cometer actos vandálicos contra la
infraestructura, sustraer o deteriorar el material didáctico o mobiliario de la
institución.
Incumplimiento a las labores,
responsabilidades y tareas asignadas en el desempeño por parte de los miembros
de la comunidad educativa.
Interrumpir el trabajo académico que se
desarrolla en las demás aulas, durante los espacios de tiempo libre por la
ausencia del docente correspondiente.
NORMAS
DE CONVIVENCIA Y CONCERTACIÓN
Artículo 14. FALTAS
DISCIPLINARIAS DE LOS (AS) ESTUDIANTES: Se consideran faltas disciplinarias el
incumplimiento sistemático de los deberes o el incurrir en conductas contrarias
al buen desarrollo académico y comportamental de la Institución. . Las faltas disciplinarias se clasifican en
leves, graves y muy graves, de acuerdo a su naturaleza, efecto y a las
circunstancias del hecho.
Artículo15. FALTAS LEVES: Se consideran faltas leves las
siguientes:
1.
Presentarse en condiciones de
desaseo personal
2.
Los juegos de azar (monedas,
naipes, etc.)
3.
El uso de cosméticos (base,
labial, esmaltes), collares, pearsings,.
4.
Arrojar basura o papeles fuera de
los recipientes distintos para el aseo (canecas).
5.
Llegar tarde a la institución sin justificación
personal del padre de familia.
6.
Usar en forma incompleta o
incorrecta los uniformes de diario, educación física establecidos por la
institución.
7.
El uso de joyas, dinero o
elementos de alto valor que pongan en peligro su seguridad personal.
8.
Uso de elementos que distraigan
la atención de las clases, tales como, juegos electrónicos, figuras, naipes,
dados, revistas pornográficas, celulares, radios, walkman, etc.
9.
Incumplimiento de tareas y
trabajos
10. Comprar
por la malla y en sitios no autorizados por la institución
11. Consumir
alimentos y/o masticar chicle dentro del aula de clase.
12. No
traer elementos necesarios para las actividades programadas.
13. La
interrupción de la clase (gritos, arrastre de sillas, juegos, tirada de
papeles, trabajar en área diferente a la que se está orientando en esa
hora…)y/o hacer desorden en las formaciones y actos culturales, deportivos,
académicos y demás que tengan que ver con la institución.
14. Organizar
actividades sin previo conocimiento del coordinador o el/la profesora/a de
disciplina o titular.
PARÁGRAFO: La reincidencia
en estas faltas se convierte en graves y, por consiguiente, serán tratadas en
concordancia con lo establecido en los Artículos de este Manual.
PROCEDIMIENTO PARA LAS
FALTAS LEVES:
Una vez dada a conocer la
falta por quien la observó, se le realizará el llamado de atención con criterio
formativo, dejando constancia escrita de ésta en su hoja de seguimiento, tanto
del titular, como del Coordinador, aclarándole al estudiante que la acumulación
de faltas leves se convierten en faltas graves. Como parte del debido proceso,
antes de tomar esta determinación se debe escuchar al estudiante para que haga
los descargos respectivos, de lo cual debe quedar constancia en su hoja de vida.
Artículo 16. FALTAS GRAVES: Se consideran faltas graves
las siguientes:
1.
La suplantación de padres de familia
o acudientes.
2.
La persistencia en cometer faltas
leves.
3.
El uso de la falda del uniforme
(niñas) por encima de la rodilla, el uso de camisetas de colores diferentes al blanco (niños y
niñas) jornada diurna regular
4.
Riñas dentro y/o fuera de la
institución
5.
Uso del uniforme en sitios y en
actividades no autorizadas por la institución
6.
La prostitución, el consumo y/o
expendio de drogas alucinógenas, proxenetismo, etc.
7.
El comportamiento que afecte
negativamente el buen nombre de la institución.
8.
El irrespeto reiterado a los
compañeros, profesores y funcionarios.
9.
El incumplimiento reiterado sin
justificación de los padres de familia o acudientes a las reuniones de índole
académica o comportamental causado por la desinformación del estudiante.
10. Fumar
dentro de la institución.
11. Rayar,
pinchar o deteriorar vehículos de profesores, compañeros y/o funcionarios de la Institución y la planta física de la institución.
12. No
entrar a la institución (cuando llegan hasta el portón y por causa
injustificada no lo hacen), evadirse de ésta y/o de las clases.
13. Promover
o participar en desórdenes que atenten contra el normal desarrollo de clases o
actos comunitarios.
14. Llegada
tarde frecuentemente o inasistencia reiterada sin justificación personal por
parte del padre de familia y/o acudiente
15. Realizar
todo tipo de juegos de azar apostando dinero u objetos de valor; venta de
elementos, rifas y otros sin la debida autorización de las directivas de la
institución.
16. Pagar
y/o inducir para agredir u ofender a cualquier integrante de la comunidad
educativa.
17. La
no entrega a tiempo de comunicación al padre de familia y/o acudiente.
18. Promover
y/o participar en actividades de concursos, bazares, reinados o minitecas entre
otros dentro de la institución sin la debida autorización de los directivos de la Institución y por su puesto, de los padres de familia.
19. Pescar
en los lagos de la institución sin la debida autorización del profesor
encargado para tal fin o del directivo respectivo.
20. Causar
reiteradamente daño ecológico, tales como apedrear a la fauna y flora que se encuentra dentro del ecosistema de la
institución, arrojar basura a los lagos, al minibosque y a las zonas verdes, etc.
21. Programar,
participar, promover actividades de curso sin autorización de directivos del
plantel, que no estén contempladas en el Plan de Aula
22. Abandono
de la institución por lapso mayor a 15 días calendario sin justificación
alguna.
23. Colocarle
apodos y sobrenombres a cualesquier miembro de la comunidad educativa (educadores,
estudiantes, personal administrativo, etc.
PROCEDIMIENTO PARA LAS
FALTAS GRAVES:
Una vez dada a conocer la
falta por quien la observó, se hará la anotación correspondiente en su
respectiva hoja de seguimiento. Se cita
al padre de familia o acudiente para que en reunión conjunta entre la persona
conocedora del caso, el titular, el coordinador y el padre de familia, el
citado estudiante haga los descargos respectivos y se tome las decisiones del
caso como pueden ser: cumplimiento de un plan pedagógico orientado a la
corrección de la falta impetrada, suspensión de clases entre uno (1) a tres (3)
días hábiles. En caso de que el padre no se haga presente, el coordinador citará
al Personero estudiantil para que sirva
de garante y haya celeridad en el proceso. La suspensión debe hacerse con resolución, teniendo
en cuenta los agravantes y/o atenuantes.
Una vez sancionado el
estudiante podrá interponer recurso de
reposición ante la instancia que la
emite, en este caso, el Coordinador, en un
lapso no mayor de 3 días hábiles contados a partir de la notificación. La
instancia respectiva tendrá 3 días hábiles para dar su veredicto ratificando la
sanción o derogando la misma. El recurso deberá ser notificado en la misma
resolución.
Así mismo, podrá
interponer recurso de apelación ante la instancia superior (Rector), en un
tiempo no mayor de 3 días hábiles contados a partir de la notificación
escrita. La instancia tendrá 3 días
hábiles para emitir la respuesta, ratificando la sanción o derogándola. Si se
ratifica, el estudiante debe cumplir con la sanción impuesta y no proceden más
recursos, lo cual se le hará saber en el mismo acto administrativo.
Artículo 17. FALTAS MUY GRAVES: Se consideran faltas muy
graves las siguientes:
1.
La agresión física, verbal,
sicológica o escrita, amenaza o coacción a estudiantes, profesores,
funcionarios de la institución y padres de familia.
2.
Pertenecer a grupos cuyo objetivo
sea cometer actos ilícitos.
3.
Tener relaciones sexuales dentro
de la Institución
o hacer chantajes moral, acoso sexual o tener expresiones y actitudes morbosas.
4.
Porte de armas o implementos que
cumplan con esta función.
5.
Presentarse a la institución en
estado de embriaguez o bajo efecto de sustancias psicoactivas.
6.
Porte, inducción, distribución o
consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas.
7.
Hurto comprobado.
8.
Fuga o evasión reiterada de la
institución.
9.
El daño de los servicios
sanitarios, energía, elementos o instalaciones de la planta física de la
institución, así como la destrucción o mutilación de los recursos bibliográficos
y otros materiales didácticos y, en general, de los bienes inmuebles de la
institución.
10. La
participación en situaciones que atenten contra la salud, vida y seguridad de
sus compañeros, directivos, profesores y
administrativos.
11. Suplantar
a un estudiante en actividades académicas, culturales, deportivas o
recreativas.
12. La
implicación en delitos penales y o dolosos
13. Adulteración,
destrucción, sustracción, suplantación o falsificación de documentos de la Institución o de
trabajos de carácter académico.
14. Los
delitos de carácter informáticos: adulteración y/o supresión de notas a través
de la página web de la institución
15. Promover,
participar y/o invitar a realizar el desorden o insubordinación que impidan el
normal desarrollo de las actividades académicas, evaluaciones, tareas, etc.
16. Mal
comportamiento social en el cual comprometa el buen nombre de la institución
17. Ejecutar
actos que atenten contra la moral, la ética y las buenas costumbres, la
inducción a la práctica de aberraciones sexuales o a la prostitución mostrando afiches, revistas/videos
pornográfico/as,
18. El
chantaje, la amenaza, el soborno o el encubrimiento de cualquier índole a
directivos, profesores, compañeros y demás funcionarios de la institución y/o
personas de la comunidad dentro o fuera de ella
19. Haber
sido suspendido temporalmente
PROCEDIMIENTO PARA LAS
FALTAS MUY GRAVES:
Una vez dada a conocer la
falta por quien la observó, se le hará
la anotación correspondiente al estudiante en su hoja de seguimiento. Se le
cita al padre de familia o acudiente para que en reunión entre la persona
conocedora del caso, el titular, el coordinador, el padre de familia y el
rector, el citado estudiante haga los descaros respectivos y se tome la
decisión de sanción que puede ser matrícula en observación, cambio de colegio de manera inmediata, pérdida
de cupo para la jornada, pérdida de cupo para ambas jornadas, pérdida de cupo
para el año inmediatamente siguiente, pérdida de cupo de manera definitiva en
la institución. En caso de que el padre de familia o acudiente no se haga
presente, el coordinador citará al Personero estudiantil de la jornada para que
sirva de garante y haya celeridad en el proceso.
Como en los casos
anteriores, se tendrá en cuenta los agravantes y atenuantes
Esta sanción la ejecuta el
rector mediante resolución motivada.
El estudiante afectado
podrá interponer recurso de reposición
ante la instancia que la emite, en un lapso no mayor de 3 días hábiles contados
a partir de la notificación. La instancia respectiva tendrá 3 días hábiles para
dar su veredicto ratificando la sanción o derogando la misma.
Recurso de apelación ante
la instancia superior (Consejo Directivo), en un tiempo no mayor de 3 días
hábiles contados a partir de la notificación escrita. La instancia tendrá 5 días hábiles para
emitir la respuesta, ratificando la sanción o derogándola. Si se ratifica, el
estudiante debe cumplir con la sanción impuesta y no proceden más recursos.
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES. Son las circunstancias
que aminoran la aplicación de la sanción y que pueden considerarse como el
menor grado de responsabilidad del estudiante disciplinado. Atenúan la
responsabilidad del estudiante implicado, las siguientes:
1.
Haber observado
buena conducta y disciplina anteriormente.
2.
Reconocer y confesar la falta oportunamente.
3.
Procurar por iniciativa propia el resarcimiento del daño o
del perjuicio causado.
CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES. Son las
circunstancias que aumentan el grado de responsabilidad en la ejecución del
hecho y por consiguiente, la aplicación de la sanción. Agravan la responsabilidad
del estudiante implicado, las siguientes:
1.
La reincidencia en la comisión de la falta que dio lugar a
una sanción disciplinaria durante el mismo año escolar.
2.
La realización del hecho en complicidad con otros estudiantes.
3.
Cometer la falta con el propósito de ocultar otra.
4.
No asumir la responsabilidad y atribuírsela a otro(a).
5.
Cometer el hecho con intervención de compañeros menores o de
cursos inferiores.
6.
El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad
educativa.
7.
Haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada
en él.
8.
Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de
otras personas.
9.
Haber colocado al sujeto pasivo de la falta en incapacidad de
resistir o en condiciones de inferioridad física o psíquica.
10. Emplear en la
ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común.
11. Haber preparado
cuidadosamente la falta o con complicidad de otras personas, premeditación y
planeación de la falta.
12. Seducción,
soborno o intimidación para vincular a otros en la comisión de la falta.
13. Tener un doble
comportamiento que afecten los valores institucionales dentro y/o fuera de la
institución (doble moral)
CAPÍTULO VII
Salubridad
institucional
Artículo 18: Del aseo e higiene y presentación personal e
institucional: La importancia del aseo y la higiene diaria está involucrada
en el respeto, estimación y autoestima que tenemos de nosotros mismos, además
incide en la preservación de la salud
individual y colectiva. De igual manera la institución debe adoptar normas para
la preservación de la vida y la salud, para tal efecto reconoce los siguientes
aspectos como importantes para la preservación de la salubridad de sus
miembros.
1. Promoción de la
protección de la vida, la integridad física, la salud mediante el desarrollo de
la conciencia sobre la autoprotección y cuidado.
2. Propender por el
aseo personal diario como requisito para proteger el cuerpo de las bacterias,
del mugre y los malos olores.
3. Mantenimiento de
una salud oral cuyo requisito primordial es el aseo de la boca, cepillado de
los dientes y uso del servicio de odontología en la EPS donde están afiliados.
4. Mantenimiento de
reglas de peinado adecuado a su condición de estudiante, cabellos aseados y
libre de piojos.
5. Presentación con el uniforme limpio correspondiente al de
diario y/o al de deportes, acorde al horario establecido en el grado, así como
medias y calzado indicado para cada uniforme, no portar ni colocarse collares,
persings, etc.
6. Presentación de los
intérpretes con la indumentaria apropiada para la prestación de este servicio.
7. Presentación de
los miembros de la comunidad educativa con el vestuario apropiado a su
dignidad, función y labor.
8. Utilización
adecuada y mantenimiento aseado de baños y lavamanos.
9. Eliminación de
todos aquellos riesgos en la infraestructura que atenten o generen daño a la
integridad física de sus miembros.
10.
Eliminación
de focos de proliferación de insectos y roedores, tales como basuras, llantas y
recipientes que se constituyen en depósitos de aguas estancadas.
11.
Promoción
de la actividad física.
12.
Desarrollo
de hábitos saludables relacionados con el consumo balanceado de alimentos.
13.
Observación
de normas por partes de manipuladoras de
alimentos para evitar contagios o contaminación de alimentos
14.
Mantenimiento
de los lugares de expendio o preparación de alimentos con las condiciones
higiénicas requeridas.
15.
Expendio
de alimentos adecuados a las necesidades de desarrollo y crecimiento de l@s
niñ@ y jóvenes, en la cafetería escolar.
16.
Buena
calidad, higiene en la preparación y manipulación de los alimentos
proporcionados en el restaurante escolar.
17.
Fumigación
de la infraestructura institucional para erradicar insectos y prevenir
enfermedades infectocontagiosas.
18.
Diseño
de un plan de prevención de desastres que involucre simulacros de situaciones
de emergencia.
19.
Diseño
y capacitación sobre el uso de salidas de la institución en situaciones de
emergencia.
20.
Preservación
del entorno natural de la institución como generador un ambiente saludable.
21.
Asignación
de un espacio adecuado para ofrecer primeros auxilios, dotado de un botiquín y
los elementos indispensables para este servicio. (propongo se haga convenio con
una escuela de formación de enfermeras
para la prestación de este servicio)
22.
Eliminación
de todas las situaciones que generan riesgo profesional para las personas que
laboran en la institución
Artículo 19. Presentación Personal de los estudiantes.
Los estudiantes sin
excepción llevarán el cabello bien peinado, sin gel y debidamente peluqueado;
las niñas deben presentarse sin ningún tipo de maquillaje, el camibuso debe ir
por dentro del pantalón o Jardinera y portar el escudo que los identifica como
estudiantes de la
Institución
PARÁGRAFO 1.
El uniforme diario, para los varones será pantalón azul oscuro, medias
azules, zapato colegial negro (bien lustrados), camibuso blanco por dentro del
pantalón; las niñas llevarán jardinera
azul oscura, las tira sobre los hombros, de largo sobre la rodilla, medias azul
oscuro, zapato negros colegial (bien lustrados), camibuso blanco por dentro de
la jardinera.
PARÁGRAFO 2. Uniforme de educación física
para damas y caballeros será: Pantaloneta verde, sudadera verde, buso blanco
con el escudo de la institución, tenis totalmente blancos, medias blancas.
PARÁGRAFO 3. Los estudiantes nuevos contarán con 30
días calendario contados a partir del día de iniciación de clases para la
adquisición y porte de los uniformes correspondientes.
PARÁGRAFO 4: Los estudiantes de Educación Continuada no tendrán
restricciones en el uso de maquillaje.
PARÁGRAFO 5: El uniforme que deberán portar
los estudiantes de Educación Continuada, tanto para varones como para mujeres,
será un camibuso blanco que tendrá el escudo de la
Institución y la identificación de “Educación Continuada
PARÁGRAFO 6: Las niñas embarazadas de la jornada diurna
regular utilizarán el uniforme estipulado hasta cuando las circunstancias lo
permitan, luego podrán utilizar una batola azul oscura; en dado caso se podrá
hacer combinaciones entre el azul oscuro y el blanco de tal manera que se
asemeje al uniforme oficial.
Artículo. 20. Matriculas
ordinarias: Son estudiantes de la Institución Educativa
Juan XXIII los (as) niños (as), jóvenes y adultos que estén legalmente
matriculados con el lleno de los requisitos exigidos por la Institución para tal
efecto.
a. Edad:
Grado Transición B: 4 años y medios cumplidos.
Grado primero:
6 años cumplidos.
Bachillerato
(de 6 a
11): de 11 años cumplidos a 17 años cumplidos.
Educación
continuada:
Ciclo I : 14 años cumplidos.
Ciclo II: 15
años cumplidos.
Ciclo
III: 16
años cumplidos.
Ciclo IV: 17
años cumplidos.
Ciclo V y VI: 18 años cumplidos.
b.
Documentación requerida
-
Certificados de estudio originales
de los años cursados
-
Registro civil de nacimiento
-
Fotocopia del documento de
identidad: Registro Civil (niños menores de siete años), tarjeta de Identidad (niños desde siete años y
jóvenes hasta diecisiete años), Cédula de Ciudadanía (estudiantes mayores de
dieciocho años).
-
3 fotos de 3X4 recientes
-
Fotocopia de carné de salud
-
Certificado del nivel del SISBEN
-
Constancia de situación de
desplazamiento
-
Fotocopia de recibo de servicio
público
-
Seguimiento disciplinario y
académico
-
Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía de los
padres o persona responsable del estudiante
-
Una carpeta azul
-
Cancelación costo de matrícula
según lo establecido por la
Secretaría de Educación Municipal.
-
Diligenciamiento y firma de la
hoja de matrícula por parte del padre de familia, acudiente o estudiante de
educación continuada
-
Certificación de la discapacidad
presentada por el estudiante expedida por la entidad acreditada para este
servicio.
c.
Documentos: Estudiantes Antiguos
-
Informe Académico del año anterior en primaria
-
Informe Académico de 6° a 9° y
certificados originales del año anterior
-
Paz y Salvo del año anterior
expedido por la Rectoría del plantel
-
Cancelación costo de matrícula
-
Actualización de fotografía
-
Actualización y firma de la hoja
de matrícula por el padre de familia o acudiente
En los estudiantes de Educación
Continuada presentación del Informe Académico del ciclo cursado y actualización
y firma de la Hoja
de Matrícula por parte del mismo estudiante.
PARAGRAFO: Estudiantes que no tengan la documentación completa no
será matriculado en ninguno de los grados y ciclos ofrecidos por la Institución , ni se
reservan cupos.
Artículo 21.
Matrícula Extraordinaria
Se
realizará entre el primer día de iniciado el año lectivo hasta el 28 de febrero
del mismo año.
PARAGRAFO 1:
Son
consideradas matrículas extraordinarias las de aquellos estudiantes que
soliciten y demuestren en la
Rectoría del Plantel su caso especial justificado.
PARAGRAFO 2:
Un estudiante
que se le conceda matrícula
extraordinaria y no tenga completa su documentación hasta el 28 de febrero, se
le dará un mes de plazo para que la presente, firmando con anterioridad acta de
compromiso para su cumplimiento.
PARAGRAFO 3: A los estudiantes debidamente
matriculados, se les concederá
un plazo máximo
de dos semanas de iniciado
el año escolar, siempre y cuando
presente debida justificación a su inasistencia, de lo contrario su matricula
quedará automáticamente cancelada.
PARÁGRAFO 4: A los estudiantes de educación Continuada se les
concederá la matrícula extraordinaria previo estudio del caso y disponibilidad
de cupo para el respectivo ciclo.
Artículo 22:
Jornada escolar
a.
Preescolar Jornada Mañana y Tarde
·
Hora de entrada: 7:00 a.m. y 12:00
p.m.
Hora de salida: 12:30 M. y 4:30 p.m.
·
Básica primaria: jornada Mañana y
Tarde.
·
Hora de entrada: 7:00 a.m. y 12:00
p.m.
Hora de salida: 12:30 m. y 5:35
p.m.
·
Básica secundaria : Jornada
Mañana y Tarde
·
Hora de entrada: 6:00 a.m. y 12:30
p.m.
·
Hora de salida: 12:00 m. y 6:25
p.m.
Educación Continuada.
·
Sábados: Hora de entrada: 6 a.m.
·
Hora de salida: 2 p.m.
PARAGRAFO 1: Toda inasistencia será
justificada por los padres de familia en
forma presencial, las inasistencias por
enfermedad se justificarán con fórmula o incapacidad médica.
PARAGRAFO 2: No podrá salir ningún
estudiante del Plantel sin el debido permiso de la Coordinación , o en su
ausencia, del Profesor de disciplina.
PARÁGRAFO 3: Los estudiantes de Educación Continuada justificarán
su inasistencia personalmente y si es enfermedad se justificará con fórmula o
incapacidad médica.
CAPÍTULO 1X Del cuidado, préstamo y utilización de los
espacios institucionales
Artículo 23:
Utilización de los espacios. Se denominan espacios todos los
lugares o sitios que están dentro del área escolar y que están destinados para
desarrollar los procesos pedagógicos de maestros y estudiantes.
a.
En ausencia del maestro el
estudiante permanecerá en su respectivo salón realizando tareas, guardando
siempre buen comportamiento
b.
En los espacios destinados para
el descanso los estudiantes podrán salir de los salones de clases para ir al
baño y comprar sus refrigerios en la
tienda escolar. Estas pausas estarán reglamentadas.
c.
Las clases de Educación Física,
serán en los sitios de recreación (patios y polideportivos), orientados por el
titular de preescolar a Quinto y el
profesor de esta área en los grados de sexto a
noveno.
PARAGRAFO 1: Si en la hora de Educación
Física esta lloviendo, se realizarán otras actividades lúdicas en los espacios cubiertos.
PARAGRAFO 2: El aula máxima no se puede
utilizar para desarrollar juegos con
elementos que deterioren su infraestructura.
PARÁGRAFO 3: Como los estudiantes de la Educación Continuada no tienen clases
de Educación Física, se desarrollará mensualmente una jornada recreativa, donde
se incluyen eventos deportivos, recreativos y culturales, presentándose con
indumentaria acorde para la actividad.
Artículo 24: Del respeto y valoración
PARAGRAFO 1: El estudiante que haga mal uso de los
elementos y enseres existentes en la institución y de sus compañeros, el padre de familia o
acudiente deberá responder por los daños causados por el estudiante en el
plantel.
PARÁGRAFO 3: El estudiante de Educación Continuada que haga mal uso
de los elementos y enseres existentes en la Institución y de sus
compañeros, deberá responder por los daños causados.
Artículo 25. Préstamo de muebles y enseres
A personas vinculadas:
· Solicitud por
escrito dirigido al Consejo Directivo o a la Rectoría expresando el uso que se dará, el tiempo
de préstamo, el lugar y el compromiso a reponerlos en caso de deterioro o
pérdida.
· Esta
solicitud debe hacerse con una anticipación
no inferior a
cinco (5) días
hábiles a las
fechas que serán
utilizadas.
PARAGRAFO 1: A particulares el mismo proceso,
que se hace a personas vinculadas, con el cobro del servicio.
Artículo 26. De los espacios colectivos. Conscientes
del servicio que prestan los espacios
deportivos, canchas y aula múltiple, los
miembros de la comunidad educativa, optaran por inculcar y cuidar estos sitios
manteniéndolos siempre limpios.
Artículo
27. De la laguna. El recurso
natural con que cuenta la Institución Educativa Juan XXIII es un patrimonio
propio de la comunidad educativa, la cual el compromiso de la conservación es
de todos, consciente de la fuente de conocimiento que representa para la labor
educativa.
Artículo 28. De la formación de una conciencia ambientalista. Como personas
racionales, conscientes de la conservación, protección y mejoramiento del
ambiente, de la calidad
de vida, del uso racional de
los recursos naturales, dentro de una
cultura ecológica, la defensa del
patrimonio cultural regional, la comunidad educativa (padres y madres de familia, directivos y
administrativos profesores y
estudiantes), los tomará
como principios de vida
en la formación
de los diferentes
agentes.
Parágrafo. Los estudiantes de Educación Continuada deberán
dejar los salones, donde funciona cada
ciclo, en las mismas condiciones como sean encontrados.
Artículo 29.
De la conservación del ambiente escolar.
La formación del estudiante de la Institución Educativa Juan XXIII,
se basa en postulados de la Educación Ambiental
y busca que el docente, el estudiante, padres de familia, entiendan la relación
de cada uno con el ambiente y la necesidad de convivir armónicamente con él.
a.
Un ambiente natural de áreas
verdes como: árboles, plantas amazónicas, vivero, pájaros, peces, patos, agua y
vegetación así como armonización
y decoración de los ambientes artificiales.
b.
La formación ambiental como
énfasis del Proyecto Educativo Institucional
(P.E.I.) de la institución
Educativa Juan XXIII busca generar en el estudiante actitudes de valor, cuidado
y defensa de los recursos como riqueza común del ser humano, haciendo buen uso
racional de ellos.
c.
Con el recurso natural existente
en el entorno escolar, se pretende formar
al estudiante en una cultura ambiental, donde valore los recursos y haga
uso adecuado de ellos proyectando esta acción en su entorno sociocultural.
X DE LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA
Artículo 30. Formas de participación: El
colegio brindará espacios para la conformación de los diferentes organismos de
participación estudiantil, como:
Gobierno escolar: El gobierno escolar, es la
organización institucional conformada por los representantes de los diferentes estamentos
que hacen parte de la Comunidad Educativa ,
responsable de la toma de decisiones que afecten el funcionamiento de la
institución y se fundamenta en lo
establecido en la Ley General de
educación ( Ley 115 de 94) y su decreto reglamentario (1860) del 94 articulo 18. Está por el Consejo Directivo, el
Consejo Académico y el Rector, y en él serán consideradas las iniciativas,
inquietudes y posiciones de los
estudiantes, de los padres de familia y de los educadores.
1. Rector (a) : Representante
legal de la Institución
FUNCIONES DEL RECTOR
1.Representar
legalmente el plantel.
2.Convocar
y presidir los Comités de Fondo de Servicios Docentes, Consejo Directivo,
Consejo Académico y otros que considere convenientes.
3.Establecer
criterios, junto con el Consejo Directivo, para dirigir la institución de acuerdo con las normas
vigentes.
4.Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar los
proyectos, programas y actividades docentes y administrativas del plantel y
comunidad educativa en general.
5.Orientar
la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del
Gobierno Escolar.
6.Orientar
el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
7.Velar
por el cumplimiento de las disposiciones vigentes.
8.Ejercer
un liderazgo activo y velar por el buen nombre de la institución.
9.Legalizar
con su firma y sello los documentos oficiales y demás que expida el plantel.
10.Administrar
el personal de la institución de acuerdo con las normas vigentes.
11.Ejercer
las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el
manual de convivencia.
12.Dictar
por medio de resoluciones, todas las medidas que estime necesarias para el buen
funcionamiento del colegio.
13.Autorizar
y conceder los permisos al personal docente y administrativo.
14.Brindar
capacitación a los docentes, administrativos y demás personal para que
desempeñen su trabajo con eficiencia y calidad.
15.Brindar
excelentes relaciones interpersonales para engrandecer la vida comunitaria y
estimular las acciones formativas para humanizar la vida laboral.
16.Mantener activas las relaciones con
las autoridades educativa, con los patrocinadores o auspiciadores de la
institución, y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de
la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
17.Promover actividades de beneficio
social que vinculen al establecimiento con la comunidad local
.
18.Propender porque el colegio como
institución socializadora, retome su liderazgo formativo, etico y cultural para
fomentar los valores.
19.Administrar los bienes del
plantel y velar por su seguridad y buena
conservación.
20.Elaborar el Proyecto de
Presupuesto, junto con el Consejo Directivo.
21.Autorizar los gastos en común
acuerdo con los integrantes del Consejo Directivo, ajustados a las necesidades
prioritarias de la institución.
22.Organizar la Asociación de Padres de
Familia, y darles la orientación y asesoría para su funcionamiento.
23.Elaborar
el Manual de Convivencia con la colaboración de los representantes de la
comunidad educativa.
24.Distribuir,
con el Coordinador Académico, la carga académica de los docentes de acuerdo con
su especialidad y normas legales.
25.Revisar
periódicamente las diferentes dependencias de la institución para velar por el
buen cumplimiento de las funciones, libros reglamentarios y dar la orientación
oportuna y acertada.
26.Asignar
en ausencia temporal las funciones de Rector a uno de los Coordinadores, de
acuerdo con las normas vigentes.
27.Rendir
informes detallados sobre la marcha del establecimiento a la dirección de
Núcleo, Secretaria de Educación.
28.Determinar
las funciones no consideradas en el presente manual y que sean benéficos para
el buen funcionamiento del colegio.
29.Cumplir
con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del
cargo.
2. Consejo Directivo: Conformado por:
a.
El representante legal de la
institución (Rector)
b.
Un representante del sector productivo
c.
Un representante de los estudiantes que curse
el ultimo grado
d.
Dos representantes de los docentes (jornada
mañana y jornada tarde)
e.
Dos representante de los padres de familia
f.
Un representante de los egresados
FUNCIONES
1.Tomar las decisiones que afecten el
funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad.
2.Servir de instancia para resolver
los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del
establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos
previstos en el Manual de Convivencia.
3.Adoptar el Manual de Convivencia y
el reglamento de la institución.
4.Fijar los criterios para la
asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
5.Aprobar el plan de actualización
académica del personal docente presentado por el Rector.
6.Asumir la defensa y garantía de los
derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se
sienta lesionado.
7.Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo, del
Currículo del plan de estudios y someterlos a la aprobación de la Secretaría de Educación
respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos.
8.Estimular y controlar el
funcionamiento de la institución educativa.
9.Establecer estímulos y sanciones
para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al
Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarias a la dignidad del
estudiante.
10.Participar en la evaluación de los
docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
11.Recomendar criterios de
participación de la institución en actividades comunitarias, culturales,
deportivas, recreativas, sociales, ect.
12.Establecer el procedimiento para
permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades
educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva
comunidad educativa.
13.Promover las relaciones de tipo
académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la
conformación de organizaciones juveniles.
14.Fomentar la conformación de
Asociaciones de Padres de Familia y de estudiantes.
15.Reglamentar los procesos
electorales.
16.Aprobar el presupuesto de ingresos
y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente
autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos,
tales como derechos académicos, uso de libros de textos ect.
17.Darse su propio reglamento.
3.
Consejo
Académico: Esta integrado por el rector, coordinadores y un
docente por área.
DE LA PARTICIPACION
DEMOCRATICA : La institución garantiza la libre participación
de los miembros de la Comunidad Educativa
en la formación de los consejos y en la elección de sus representantes para los
diferentes cargos.
Personero o Personera de los (las) Estudiantes: Los
(las) estudiantes elegirán a un o una estudiante del último grado que se
distinga por su buen comportamiento y desempeño académico, para que actúe como
Personero (a) de los estudiantes y sea promotor (a) del ejercicio de sus
derechos y deberes y demás aspectos del Manual de Convivencia. Para tal efecto, el/la Rector /a convocará a
elecciones dentro de los treinta (30) días calendario de inicio de labores.
FUNCIONES
1.Promover el cumplimiento de los
derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios
de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo
de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
2.Recibir y evaluar las quejas y
reclamos que presenten los estudiantes
sobre lesiones a sus derechos y los que formule cualquier persona de la
comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
3.Presentar ante el Rector las
solicitudes de oficio para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar
el cumplimiento de sus deberes.
4.Cuando lo considere necesario apelar
ante el Consejo Directivo si han violado sus derecho.
Consejo de Estudiantes: El plantel contará con un
consejo de estudiantes, siendo el máximo organismo colegiado que asegurará y
garantizará el continuo ejercicio de la participación por parte de los (las)
estudiantes. Dicho organismo estará
integrado por un (a) vocero de cada uno de los grados ofrecidos en el
establecimiento, elegido (a) en asamblea, previa convocatoria del Consejo
Directivo, dentro de la cuatro (4) semanas de labores académicas.
Corresponde al consejo de estudiantes
a.Darse su propia
organización interna.
b.Elegir el representante
de los estudiantes ante el consejo directivo de la institución y asesorarlo en
el cumplimiento de su representación.
c.Invitar a sus
deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el
desarrollo de la vida estudiantil.
d.Las demás actividades
que le atribuya el manual de convivencia.
Asociación de Padres de Familia: La
conforman un representante de los padres de familia por cada curso.
Consejo de Padres:Es un órgano de participación
educativa que no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a
el no se puede establecer cuotas de afiliación o contribución económica de
ninguna especie.
Se reunirá como mínimo 3
veces al año por convocatoria del rector o por derecho propio.Las secciones del
consejo de padres serán presididas por un padre de familia elegidos por ellos
mismo.Esta integrado por un padre de
familia de cada grado.
Podrán organizar comités
de trabajo que guarden afinidad con el PEI y
el plan del mejoramiento.
La elección de los
representantes de los padres y o acudientes se efectuará por grados, por
mayoría, con la presencia de al menos el 50 por ciento de los padres. Su
conformación es de carácter obligatorio.
Asociación de padres de
familia. La conforman los padres de familia nombrados en asamblea general o en
el consejo de padres.
Comisiones de Evaluación y
Promoción: Están integradas por tres
(3) docentes que orienten clases en el grado correspondiente, un representante
por grado de los padres de familia, el coordinador y un docente como delegado
del rector.
PARÁGRAFO 1:
Quienes se escriban para ser elegidos como representantes de los
estudiantes a los diferentes organismos deben reunir los siguientes requisitos:
1.
Ser estudiante regular de la institución.
2.
Haber cursado y aprobado en forma consecutiva como mínimo 2 años en
la institución.
3.
En la escala de valoración del
año anterior no registrar conceptos académicos y comportamentales inferiores a
ACEPTABLE y en la escala numérica notas no inferiores a 3.5 (TRES PUNTO CINCO
en cada una de las áreas/asignaturas),
4.
Cada candidato (a) se debe
inscribir con ocho días de anticipación a la elección, presentando el
respectivo plan de trabajo ante la comisión designada para tal fin.
PARÁGRAFO 2. La
comisión encarga de organizar y orientar el proceso de elección de las
diferentes instancias de participación estará conformada por los integrantes
del área de Ciencias Sociales.
FUNCIONES
1.Servir de órgano consultor del
Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo
Institucional.
2.Estudiar el currículo y propiciar su
continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios.
3.Organizar el plan de estudios y
orientar su ejecución.
4.Participar en la Evaluación Institucional.
5.Integrar los CEPROS de docentes para
la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción,
asignarle sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
6.Recibir y decidir los reclamos de
los alumnos sobre la evaluación educativa.
7.Todas las demás funciones que atañen
ala buena marcha de la institución educativa.
FUNCIONES DEL
PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
3.Promover el cumplimiento de los
derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios
de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo
de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
4.Recibir y evaluar las quejas y
reclamos que presenten los estudiantes
sobre lesiones a sus derechos y los que formule cualquier persona de la
comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
5.Presentar ante el Rector las
solicitudes de oficio para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar
el cumplimiento de sus deberes.
6.Cuando lo considere necesario apelar
ante el Consejo Directivo si han violado sus derecho.
FUNCIONES DE LOS
COORDINADORES
De acuerdo con
el decreto 3020 del 10 de diciembre 2002
la institución tiene derecho a 5 coordinadores que cumplen las funciones
académicas y disciplinarias.
1. Organizar, dirigir o acompañar las reuniones de los comités y solicitar las
actas después de cada reunión para su revisión.
2. Dirigir la planeación y
programación de la administración de los alumnos y profesores, de acuerdo con
los criterios y objetivos curriculares haciendo las innovaciones oportunas para
cumplir con el énfasis, verificando los estándares hechos por los docentes..
3. Colaborar con el rector en la
planeación y evaluación de los proyectos institucionales y velar por el
desarrollo de los proyectos transversales.
4. Organizar en asocio con el rector
las asesorías de grupo, de acuerdo con
las normas pedagógicas, y las capacidades de cada docente.
5. Establecer canales y mecanismos de
comunicación adecuados, con todos los estamentos de la comunidad.
6.Llevar los registros y controles
necesarios para la administración de profesores y alumnos.
7.Administrar el personal a su cargo
con el debido respeto y de acuerdo con las normas vigentes.
8.Velar permanentemente por la
disciplina del colegio, haciéndose responsable de su buena marcha e informar al
rector sobre cualquier irregularidad que se le presente.
9.Organizar las comisiones de
disciplina semanal con los profesores y grupos para que participen en su proceso y cumplir con el debido proceso en
los llamados de atención por incumplimiento de las normas.
10. Organizar el Gobierno Escolar,
Promoción Juvenil y demás proyectos institucionales.
11.Vigilar cuidadosamente la
presentación de los docentes y alumnos
para bien de la institución en general.
12.Controlar permanentemente el
cuidado, uso y seguridad del mobiliario, material didáctico, libros y planta
física.
13.Supervigilar y controlar la
asistencia diaria del alumnado y profesorado, al igual que las ausencias,
retardos y llevar los registros correspondientes.
14.Controlar la entrega de notas
oportunamente a los alumnos por parte de
los profesores y padres de familia y velar para que los acudientes asistan a
las reuniones de padres o en su defecto citar personalmente a los padres que no
lo hacen.
15.Conceder permiso a los alumnos únicamente en caso de enfermedad después de dar aviso a la
familia o acudiente cuando la circunstancia lo amerite. Cualquier otro permito
es responsabilidad total del coordinador por lo que pase.
16-Solicitar a los docentes las incapacidades o
excusas por escrito de sus ausencias de la institución, en caso contrario
informar oportunamente al rector para tomar los correctivos.
17-Atender a los padres de familia en forma prudente
y escuchar en lo posible sus recomendaciones.
18. Realizar las suspensiones de estudiantes, según
lo estipulado en el Manual de Convivencia, Capítulo 8 numeral 3; acorde con el
capítulo de sanciones y recomendaciones.
19- Cumplir estrictamente la jornada laboral de 8 horas, acordadas con
el rector.
20-Permanecer en la institución durante la jornada de trabajo, su
ausencia injustificada será tomada como abandono del cargo.
21- Colaborar con el Rector y
Consejo Directivo, en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional.
22-Dirigir la
planeación y programación académica de acuerdo con el objetivos, criterios
curriculares y plan de estudios.
23-Coordinar la
acción académica con la administración de alumnos y profesores.
24-Dirigir,
orientar y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas.
25-Dirigir y
asesorar la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para el
mejoramiento del proceso enseñanza-aprendizaje.
26-Programar con
el rector la asignación académica, de acuerdo con la especialidad de cada
profesor.
26-Elaborar el
horario general de clases de acuerdo con las normas técnicas y presentarla al
rector para su aprobación.
27-Fomentar la
investigación científica para el logro de los propósitos educativos y elevar la
calidad en todos los niveles.
.28-Mantener
informado al rector de todas las actividades, con el fin de evaluar y buscar
los correctivos según el caso.
29-Asesorar a
los docentes en el proceso evaluativo acorde con las normas actuales.
30-Crear
mecanismos para que los alumnos tengan un mejor rendimiento, en caso contrario
ejecutar acciones con el padre de familia, alumnos, docentes, Psico-orientadores
Etc..
32-Velar por el
buen funcionamiento del Gobierno Escolar, Promoción Juvenil, Medio Ambiente,
Educación Sexual, Aprovechamiento del tiempo libre, Prevención de Desastres,
Democracia, formación en Valores y todos los demás proyectos que conduzcan a la
formación integral del alumno.
33-Participar en
la elaboración del manual de convivencia con toda la comunidad y actualizarlo
de acuerdo a las normas vigentes.
34-Cumplir con las funciones de Rector en ausencia
temporal de este.
35- Cumplir con las demás funciones que le sean
asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
36-Presidir las reuniones de profesores e informar al
rector sobre las novedades presentadas.
CAPITULO
DE LOS EDUCADORES Y
DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
….DE LOS DOCENTES
.
…..PERFIL
El educador de la
Institución Educativa Juan XXIII se caracteriza
por ser:
1. Un ser humano con espíritu de servicio, amable y con un alto sentido de altruismo y
responsabilidad.
2. Un orientador en los procesos de
formación del educando
3.Un profesional comprometido con el
conocimiento, la investigación y el quehacer pedagógico
4.Creativo e innovador.
5.Solidario, tolerante, honesto, justo y
propiciador de prácticas democráticas.
6.Un docente con capacidad de liderazgo que
le permita promover y orientar procesos que redunde en beneficio de la
Comunidad Educativa en general.
7.Ser respetuoso con sus compañeros de
trabajo, estudiantes y demás miembros de la Institución
…FUNCIONES Y DEBERES
1.Participar en la elaboración del planeamiento y
programación de actividades del núcleo respectivo.
2. Programar y organizar actividades de enseñanza –
aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios
establecidos en la programación a nivel de núcleo.
3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos
para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo
formativo.
4. Participar en la realización de las actividades
programadas por la institución(izadas de bandera, jornadas culturales,
científicas, religiosas, deportivas, etc.).
5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades
del proceso de enseñanza – aprendizaje.
6. Aplicar oportunamente en coordinación con el
coordinador de núcleo o el coordinador académico, las estrategias metodológicas
a que de lugar el análisis de resultados de la evaluación.
7. Presentar al coordinador de núcleo o al coordinador
académico informe sobre el rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de
cada uno de los periodos de evaluación, certificando los resultados, obtenidos
por éstos, con su firma.
8. Participar en la administración de alumnos
conforme lo determine el reglamento de la institución y presentar los
casos especiales a los coordinadores, al director de grupo y/o psico-orientador
para su tratamiento.
9. presentar periódicamente informe al coordinador de
núcleo o en su defecto al coordinador académico, sobre el desarrollo de las
actividades propias de su cargo.
10.Ejercer la dirección de grupo cuando le sea
asignada.
11.Participar en los núcleos y comités que sea
requerido.
12.cumplir la jornada laboral y la asignación
académica de acuerdo con las normas vigentes
13.Cumplir los turnos de disciplina que le sean
asignados.
14.Participar en los actos de la comunidad y asistir a
las reuniones convocadas por las directivas del plantel.
15.Atender a los padres de familia de acuerdo con el
horario establecido en el plantel.
16.Responder por el uso adecuado, mantenimiento y
seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
17.Diligenciar y entregar oportunamente los libros
reglamentarios de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
18.Al terminar la jornada cada docente deberá vigilar
el aseo del aula de clase.
19.El docente debe estar debidamente actualizado en el
proceso enseñanza-aprendizaje (conjugación pedagógico-didáctico)
20.Tener y ejercer control y dominio del grupo a su
cargo para no interferir el desarrollo de los diferentes procesos al interior
del aula y colaborar con los grupos vecinos.
21.Cumplir las demás funciones que le sean asignadas
de acuerdo con la naturaleza del cargo.
22.Fomentar espacios de diálogo y
reflexión en el desarrollo del/las
area/s a su cargo,para identificar dificultades y buscar alternativas de
solución.
23.Inculcar en los estudiantes el amor
por la paz, la democracia, la libertad, el trabajo, el medio ambiente, la
ciencia y la convivencia humana.
24. Manejar un vocabulario cortes y de
respeto para con los compañeros y educandos.
25.Brindar información veraz y
oportuna sobre el desempeño académico y comportamental de los (as) estudiantes
cuando así lo requieran sus acudientes, de acuerdo con el horario de atención a
los padres de familia.
26. Planear previamente las clases y
desarrollarlas en el horario establecido.
27.Fomentar las relaciones humanas
basados en el respeto, la tolerancia y la solidaridad mediante el ejemplo
y el dialogo permanente.
28. Mantener una presentación
adecuada.
29.Dar a conocer a los estudiantes a
su cargo el manual de convivencia.
DERECHOS DE LOS DOCENTES:
Son
derechos de los docentes y directivos docentes, además de lo consagrado en la
constitución política, las leyes colombianas y el estatuto docente, los que a
continuación se señalan:
1...Elegir
y ser elegido en igualdad de condiciones para conformar el Consejo Directivo y
Consejo Académico de la
Institución en la asambleas de docentes.
2.
Participar en las actividades de formación organizadas por la institución.
3.
Gozar del bienestar docente.
4.
Recibir un trato respetuoso acorde con
su dignidad, por todos los entes de la comunidad educativa.
5.
Ser escuchado por las instancias del gobierno escolar.
6.
Recibir información oportunamente de las decisiones que toman las instancias y
que afectan la vida escolar.
7.
Representar la institución en eventos de carácter científico, pedagógico,
cultural y / o deportivo y recibir apoyo para su presentación.
8.
Disfrutar de espacios para la integración y la convivencia social.
9.
Ser estimulado por sus acciones en pro de la institución educativa.
10.
Obtener permiso oportuno para la participación en eventos sindicales,
pedagógicos y otros de carácter profesional y personal.
11.
Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y
corregir desaciertos en el proceso académico.
12.
No ser discriminado por creencias políticas, religiosa, social o de género
13.
Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando
sea conveniente.
14.
Recibir por partes de las directivas apoyo en el desarrollo de acciones propias
de su desempeño.
FUNCIONES DEL
TITULAR DE GRUPO
DESCRIPCIÓN.
El profesor
encargado de la dirección de grupo.
Son funciones del titular de grupo:
1.Participar en el planeamiento y
programación de la administración de alumnos, teniendo en cuenta sus
condiciones socio-económicas y características personales.
2.Ejecutar el programa de inducción de
los alumnos del grupo confiados a su dirección.
3.Ejecutar acciones de carácter formativo
y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.
4.Orientar a los alumnos en la toma de
decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación
con los servicios de bienestar.
5.Promover el análisis de las
situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con otros
estamentos, las soluciones más adecuadas.
6. Establecer comunicación permanente
con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción
educativa.
7.Diligenciar los registros de
control, observación y seguimiento de los alumnos del grupo a su cargo, en
coordinación con los servicios de bienestar.
8.Participar en los programas de
bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
9.Rendir periódicamente informe de las
actividades y programas realizados a los coordinadores del plantel.
10.Conocer el personal a su cargo con
la ayuda del Psico-orientador.
11.Organizar y destribuir a los alumos
de acuerdo con las diferentes circunstancias: problemas visuales, auditivos,
disciplina, comportamiento, etc.
12.Organizar el aula en cuanto a
decoración y presentación.
13.Velar por el buen funcionamiento de
los comités, mediante la asesoría del Psico-orientador y el coordinador.
14.Asistir y participar activamente en
todos los actos comunitarios.
15.Programar con su respectivo grupo
celebraciones especiales tales como: Izada de Bandera, fiesta del día de las
madres, familia, día del colegio, del estudiante, etc.
16.Las demás que le sean asignadas
acorde con la naturaleza del cargo.
DE LOS EDUCADORES Y PERSONAL DE
APOYO A LA
INCLUSIÓN EDUCATIVA
Artículo 31. DERECHOS DE LOS DOCENTES DE SORDOS.
Participar de los procesos de
organización, diseño y ejecución de la oferta educativa de la población con
discapacidad auditiva en la institución educativa.
Hacer parte de los órganos de gobierno
escolar en representación de la comunidad sorda incluida.
Conformar con las personas que atienden
la población sorda comités de reflexión, y cualificación del servicio educativo
de la comunidad sorda, así como del conocimiento, manejo e
investigación en torno a la
Lengua de Señas Colombianas.
Ser tenidos en cuenta en las decisiones
administrativas que involucran el servicio de atención educativa de los
estudiantes sordos.
Contar con los apoyos profesionales para
el desarrollo de su labor tales como los Modelos Lingüísticos y los
intérpretes.
Se le proporcionen los materiales
didácticos apropiados a las necesidades educativas de la población sorda.
Establecer relaciones
interinstitucionales con otros sectores o entes territoriales corresponsables
de la calidad de educación de las personas sordas.
Reconocimiento de sus derechos como
docente y trabajador del Estado.
Recibir cualificación sobre metodologías
de enseñanza, cualificación de la
Lengua de Señas Colombiana, y procesos de enseñanza de la
lengua Castellana escrita en los estudiantes sordos.
Participar en las capacitaciones
promovidas por los diferentes entes
nacionales o territoriales referentes al tema de discapacidad.
Se conceda apoyo a los procesos de investigación
y cualificación de su labor docente.
Participar en las actividades de
carácter institucional donde se ponga de manifiesto las potencialidades de los
estudiantes sordos que contribuyan a la elaboración de un constructo social
sobre la persona sorda.
Articulo 32. DEBERES
DE LOS DOCENTES DE SORDOS
-Ser el mediador en los procesos
de aprendizaje con capacidad reflexiva y crítica para identificar, proponer y
acompañar en la construcción del conocimiento
-El maestro debe ser bilingüe en
los casos que la LSC
medie el proceso de aprendizaje.
-El maestro debe estar en
permanente cualificación personal y profesional
- Certificar la formación
académica requerida para cualquier docente.
-Con capacidad de liderazgo,
creatividad y compromiso con las personas sordas.
-Asumir la labor educativa con
responsabilidad, ética y dinamismo.
- Demostrar interés por la
investigación con la intención de cualificar los procesos educativos del
estudiante sordo.
- Presentar disposición para
convocar, proponer, concertar y proyectar acciones pedagógicas que cualifiquen
la educación para la población sorda
-Atender en forma integral al
estudiante realizando actividades pedagógicas partiendo de situaciones
significativas de aprendizaje.
- Motivar a los estudiantes sobre
la importancia de la apropiación de la
LSC como herramienta básica para generar procesos de
interacción comunicativa, en la apropiación del conocimiento y para continuar
el proceso de formación.
Reconocer las potencialidades presentadas por el estudiante con relación
a los ritmos y estilos de aprendizaje.
-Realizar las adecuaciones y
ajustes pertinentes al currículo.
- Dinamizar los procesos de
enseñanza y de aprendizaje que potencialicen el desarrollo del estudiante sordo
desde las dimensiones del desarrollo humano
-Planear, implementar y evaluar
las actividades que se desarrollan al interior del aula y de la institución
educativa.
-Motivar al estudiante sordo para
el aprendizaje de la lengua escrita.
-Formar y acompañar a los padres
de familia en el proceso de enseñanza y aprendizaje del estudiante sordo.
-Asesorar y capacitar a los padres y madres de
familia en temáticas que estén relacionadas con los valores, la autonomía, los
patrones de autoridad, manejo de la norma y otros aspectos que sean de interés
para el desarrollo integral del estudiante.
-Elaborar y ejecutar proyectos de
aula que permitan al estudiante la construcción del conocimiento y la
participación.
-Propiciar interacciones comunicativas con
adultos sordos de la comunidad, para que el estudiante fortalezca su
competencia comunicativa y así favorecer los procesos de identidad personal y
cultural.
-Organizar programas de
sensibilización, formación y capacitación con la comunidad educativa, en temas
relacionados con el desarrollo integral del estudiante sordo.
-Generar espacios académicos para
reflexionar, analizar, concertar y proponer acciones de mejoramiento en la
atención educativa del estudiante sordo
mediante la realización de jornadas
pedagógicas.
-Diseñar y realizar encuentros
culturales y recreativos con las instituciones, las familias y comunidad en
general para que se reconozcan los valores y la cultura de la comunidad sorda.
-Participar en redes y mesas que
convocan al estudio de necesidades y alternativas en el proceso pedagógico de
los estudiantes.
-Contactar con los responsables
de las asociaciones de personas sordas, para que sensibilicen sobres sus
acciones a los estudiantes sordos y sus familias.
-Actualizar la orientación pedagógica mediante
la participación en seminarios, congresos, foros, talleres y encuentros del
orden nacional o internacional.
Artículo 33. Derechos de los intérpretes:
-A que se faciliten
los procesos de formación que contribuyan a seguir cualificando la prestación
de este servicio
-A conformar un
equipo de intérpretes cuyo coordinador
participe con voz y voto en los Consejos Directivos.
-A desarrollar procesos organizados de recopilación y
estandarización de la Lengua
de Señas Colombiana que garantice el direccionamiento del proceso de planeación
lingüística que facilite a los Intérpretes la preparación del área del
conocimiento a interpretar
-A participar en los procesos de sistematización y
difusión de su experiencia como garantía de unos mejores niveles de
reconocimiento al ejercicio y desarrollo de esta profesión.
- A participar en las actividades
institucionales aportando los elementos que enriquecen la atención educativa de
las personas sordas.
- Contar con los implementos
adecuados para la prestación del servicio: sillas ergonómicas, casillero para
guardar sus materiales de consulta y trabajo.
-Participar en los espacios de
deliberación, órganos del gobierno escolar y comités de personas responsables
del proceso de inclusión de la población sorda.
-Participar en las actividades
colectivas de carácter pedagógico o de integración de la comunidad
educativa.
Artículo
34. Deberes de los intérpretes:
-Acreditar como mínimo el nivel de educación formal
(básica secundaria).
- Certificar experiencia en el campo de la interpretación
en Lengua de señas.
-Presentar la
debida acreditación expedida por FENASCOL o el INSOR que certifica su
competencia para desempeñarse en esta función.
-Mantener una
actitud permanente de cualificación de la Lengua de Señas Colombiana.
-Demostrar calidad y precisión de la interpretación a la Lengua de Señas Colombiana
y/o Castellano.
-Conocimiento y cumplimiento del Código de ética del
Intérprete
- Actitud Positiva y respetuosa frente a las personas
sordas, la Lengua
de Señas
Colombiana y la comunidad sorda.
-Ser Imparcial,
discreta y honesta con los usuarios del
servicio de interpretación.
-Mantener como miembro de la comunidad educativa,
relaciones cordiales con los diferentes miembros de esta, responsabilizándose
de los objetivos asignados al servicio de interpretación, respetando el trabajo
de los demás, y cooperando en la superación de dificultades que se presenten
con una actitud tolerante y constructiva hacia las ideas de los compañeros.
- Mantener una participación activa en la dinámica general
de la Institución ,
en cuanto a la construcción y adecuación del PEI, Manual de convivencia y
otros, en lo que a la labor de la interpretación se refiere.
-Participar en los
procesos de creación, recopilación y uso de vocabulario pedagógico.
- Colaborar en los procesos de sistematización de
experiencias.
- Asistir de forma constante a actualizaciones
relacionadas con el servicio de interpretación y del entorno educativo .
-Preparar las actividades de interpretación institucional,
a fin de optimizar el resultado de la comunicación.
-. Preparar con anterioridad los temas a tratar en clase,
textos, videos y otros apoyos pedagógicos que se utilizarán.
- Identificar las necesidades de vocabulario específico en
el área del conocimiento asignada y asegurarse de la consecución del mismo para
la interpretación de la temática asignada.
- Determinar y ejecutar los procedimientos y medios de
obtención de información adicional relevante para la interpretación, esto
incluye realizar una planeación conjunta con el docente que incluya estrategias
para reconocer adecuadamente las didácticas utilizadas por el docente, y para
buscar que en la interpretación del discurso pedagógico se identifiquen y
marquen claramente éstas y su intencionalidad.
- Determinar y usar la indumentaria adecuada para realizar
el servicio de interpretación, a partir de las normas establecidas de etiqueta
y protocolo, a fin de favorecer la recepción y transmisión de mensajes en la
comunicación con personas sordas.
- Verificar los medios de emisión y recepción, y en su
caso, audiovisuales necesarios para el desarrollo de la sesión de
interpretación, para asegurar las condiciones de tono y volumen adecuadas y la
correcta disponibilidad y perfecto estado de los instrumentos específicos para
optimizar el proceso de interpretación.
- Comprobar las condiciones de iluminación y de
distribución espacial de las personas y de los objetos integrantes de la sesión
con un miembro de la comunidad educativa, para permitir asegurar la correcta
visibilidad de las personas sordas y oyentes que intervengan en la sesión.
-
Realizar una inducción respecto a lo que significa ser Intérprete y su rol en
el ámbito académico, con los distintos miembros de la comunidad educativa.
Interpretar
las preguntas realizadas por los estudiantes sordos.
-
Prestar el servicio a estudiantes sordos y oyentes, profesores, directivas,
padres de familia y personal administrativo.
-
Utilizar adecuadamente los recursos expresivos (entonación, ritmo,
vocalización) propios de las lenguas involucradas.
- Valorar la importancia de utilizar correctamente la Lengua de Señas Colombiana.
-Traducir del castellano escrito a la Lengua de Señas Colombiana
los textos que en clase el maestro considere necesarios.
- Estar actualizado permanentemente en el vocabulario
pedagógico.
-Mantener
estricta confidencialidad de la información en cualquier situación, a no ser
que esté en riesgo la integridad del estudiante.
- Educar a la comunidad educativa, sobre el servicio de
interpretación en Lengua de señas Colombiana.
-. Aplicar las normas éticas establecidas que permitan
atender con profesionalidad las indicaciones y
requerimientos de los diferentes miembros de la comunidad educativa.
- Utilizar adecuadamente los espacios “libres” entre
sesiones de interpretación para la planeación del servicio.
Artículo 35.
Derechos de los modelos lingüísticos.
A participar en
las capacitaciones de cualificación de Lengua de Señas Colombiana.
Contar con el
material adecuado para el desempeño de su función.
Participar en
los espacios de deliberación, órganos del gobierno escolar y comités de
personas responsables del proceso de inclusión de la población sorda.
-Participar en
las actividades colectivas de carácter pedagógico o de integración de la
comunidad educativa.
Artículo 36.
Deberes de los Modelos Lingüísticos
- Ser un usuario fluido y competente de la Lengua de Señas Colombiana.
- Acreditar como mínimo el nivel de educación formal
(básica secundaria).
-Estar certificado por una Asociación de Sordos sobre su
competencia para desempeñarse como Modelo Lingüístico.
-Acreditar
experiencia en la función de Modelo Lingüístico
- Demostrar interés por desempeñarse en el contexto
educativo de una forma constructiva y positiva.
- Demostrar su sentido de responsabilidad y compromiso
moral para con su labor, con los estudiantes y demás miembros de Comunidad
educativa.
-Mantener una actitud de tolerancia y respeto por la
individualidad y la diversidad de la población sorda.
-Contribuir con la cualificación de la Lengua de Señas Colombiana
en el entorno escolar.
- Mantener una
Actitud de cooperación con el equipo de trabajo.
Promover en los Estudiantes sordos el uso social de la Lengua de señas Colombiana
dentro de los diferentes espacios de la comunidad educativa.
- Planear y desarrollar actividades que contribuyan a la
adquisición, desarrollo, mantenimiento, uso y cualificación de la Lengua de señas Colombiana
por parte de los Estudiantes sordos.
- Promover en los Estudiantes sordos una actitud positiva
hacia la Lengua
Castellana (como segunda lengua).
- Promover la apropiación por parte de los Estudiantes
sordos, a la cultura Sorda colombiana.
- Promover espacios de socialización entre los Estudiantes
sordos y la Comunidad
sorda local.
- Mantener informados a los Estudiantes sordos sobre las
diferentes actividades sociales de la Institución.
- Cumplir en el acompañamiento de los Estudiantes sordos
en los momentos de ingreso, descanso, salida y en las actividades
extracurriculares.
-Brindar apoyo a los Docentes en cuanto al uso adecuado de
la Lengua de
señas y el vocabulario pedagógico a utilizar dentro de los diferentes espacios
académicos.
-Contribuir con el Docente, según la necesidad, a la
comprensión de los Estudiantes sordos de algunos temas específicos de las
actividades pedagógicas programadas por el Docente.
- Participar en algunos de los procesos del trabajo de la
lengua escrita propios de su competencia.
- Colaborar con el Docente para el logro del éxito en el
trabajo del aula.
- Planear con el Docente las actividades a desarrollar.
-Brindar apoyo a los Docentes en cuanto al uso adecuado de
la Lengua de
señas y el vocabulario pedagógico a utilizar dentro de los diferentes espacios
académicos.
-Contribuir con el Docente, según la necesidad, a la
comprensión de los Estudiantes sordos de algunos temas específicos de las
actividades pedagógicas.
- Colaborar con el Docente para el logro del éxito en el
trabajo del aula.
- Planear con el Docente las actividades a
desarrollar.
-Liderar Talleres de Lengua de señas, para facilitar la
comunicación y una actitud positiva entre las familias y alumnos sordos de la Institución , por medio
de actividades de interacción, y de acuerdo a la propuesta educativa de la Institución.
- Colaborar con el Docente en la orientación a los padres
y familiares de los alumnos sordos sobre los procesos comunicativos con los
alumnos.
- Promover una actitud positiva y de acercamiento hacia la Lengua de señas dentro de la Comunidad educativa.
- Contribuir en la divulgación y conocimiento de la Comunidad sorda dentro
de la Comunidad
educativa, manteniendo permanentemente abiertos los canales de información.
- Conocer, cumplir, promover y hacer cumplir a los alumnos
sordos el Manual de convivencia.
- Contribuir en la adecuación de algunos espacios de la Comunidad educativa con
el fin de facilitar la accesibilidad de los Estudiantes sordos.
- Participar activamente y apoyar los diferentes procesos
relacionados con la cualificación de los servicios de Modelo lingüístico dentro
del ámbito educativo.
- Mantener una participación activa en la dinámica general
de la Institución.
- Participar en la organización de las actividades
sociales, culturales y deportivas de la institución.
- Tener sentido de pertenencia, respeto y sana convivencia
para con la Institución.
- Propender por el mejoramiento en la calidad del servicio
prestado a la Institución
mediante la autoevaluación, coevaluación, heteroevaluación y retroalimentación
de la experiencia.
DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/0 ACUDIENTES
Son derechos de los padres de familia y/o acudientes, además
de los consagrados en la Constitución política y leyes colombianas, los
señalados a continuación:
1. Elegir
y ser elegido en igualdad de condiciones para conformar el consejo de padres de
familia y/o asociación.
2. Integrar
el Consejo Directivo mediante dos representantes elegidos por la junta
directiva de la Asociación de padres de Familia.
3. Recibir oportunamente las citaciones o
convocatorias a reuniones para realizar el desempeño académico-comportamental,
de los hijos o acudidos.
4. Conocer
directamente o a través del estudiante las actas de deficiencias académicas o
desempeño académico sobresaliente, realizadas por las instancias
correspondientes.
5. Ser
atendido de manera cordial y eficiente por los docentes, directivos docentes,
personal administrativo y personal operativo teniendo en cuenta el horario de
atención estipulado.
6. Solicitar
toda la información y orientación que considere necesaria acerca del desempeño,
académico-comportamental del estudiante.
7. Participar
en las actividades de formación de padres que programe la Institucion para
cumplir adecuadamente las tareas educativas que le corresponden.
8. Participar
activamente en las evaluaciones y mejoramiento del Proyecto Educativo
Institucional.
DEBERES
1. Conocer
al Manual de Convivencia y contribuir
eficazmente en su implementación y cumplimiento.
2. Velar porque el estudiante cumpla a cabalidad sus
deberes y las normas sociales que posibilitan la convivencia sana y pacifica en
el colegio y fuera de el.
3. Asistir
puntualmente a las convocatorias hechas por las diferentes instancias
administrativas y académicas de la Institución.
4. Cerciorarse
que el estudiante al salir de su hogar con destino al colegio, lleve los
uniformes de acuerdo a lo establecido en el Manual de Convivencia y el horario.
5. Justificar
personalmente ante el Coordinador los retardos forzosos o
inasistencias de su hijo al colegio, de la misma forma justificar las salidas
de la Institución durante el tiempo de clases.
6. Mantenerse
en constante comunicación con la Institución para verificar la asistencia
diaria a las clases de su hijo, y hacer
el seguimiento de su desempeño académico y comportamental-
7. Colaborar
eficazmente para que su hijo cumpla los compromisos y acepte los
correctivos en caso de haber incumplido
los deberes establecidos y/o haber infringido las normas existentes.
8. Orientar
y supervisar las realizaciones de las
obligaciones escolares por parte de su hijo
9. Dialogar frecuentemente con sus hijos para fortalecer
el desarrollo afectivo y reforzar la
Labor de la Institución en su formación integral.
10. Brindar amor, atención y comprensión a sus hijos ante las
dificultades propias de su edad que se le presenten.
11. Cumplir
con las funciones correspondientes en las instancias del gobierno escolar para
las cuales resulten elegido.
12. Responder
por los daños causados por parte de su hijo en colegio o vecindario.
13. Dotar
oportunamente a su hijo de los uniformes, útiles y materiales necesarios,
propendiendo de esta manera a su buen desempeño académico y comportamental.
14. Cancelar
los costos educativos de acuerdo a la Resolución, emanada de la Secretaria de
Educación respectiva.
15. Asistir
a las actividades programadas por la Escuela de padres.
16. Dar
un trato respetuoso a los docentes y
todos los miembros de la Comunidad Educativa.
17. Solicitar
autorización a la coordinación de disciplina para retirar del salón de clase o
de la Institución a su hijo.
18. Renovar
cada año la matricula para lo cual se requiere la presencia del padre de familia
y el estudiante.
19. Abstenerse
de presentarse en estado de embriaguez a la Institución.
20. Aplicar
los conductos regulares respetando las diferentes instancias.
FUNCIONES DE LA TESORERIA
1.Manejar con transparencia y
honestidad los fondos del plantel de acuerdo con las normas establecidas.
2.Registrar las operaciones en los
libros respectivos y manejarlas de acuerdo con las normas vigentes.
3.Planear y programar bien su trabajo
para su cabal cumplimiento.
4.Elaborar, con el Comité de Fondos de
Servicios Docentes los anteproyectos de presupuesto los acuerdos mensuales,
adiciones y traslados presupuestales.
5.Controlar responsablemente los
recursos financieros de la institución.
6.Tramitar oportunamente ante el FED y
la contraloría las cuentas correspondientes, en el tiempo indicado.
7.Hacer los descuentos de Ley y los
demás que sean solicitados por la autoridad competente o por el interesado y
enviarlos oportunamente.
8.Solicitar oportunamente a la Contraloría , las bajas
de los implementos fuera de uso.
9.Expedir recibos oficiales de caja,
por todos los dineros recibidos por cualquier concepto.
10. Colaborar con la secretaria general en la
elaboración de documentos cuando la necesidad lo requiera e igualmente en la
elaboración de Proyectos Institucionales
11. Responder por el mantenimiento, seguridad e
integridad de todos los elementos del plantel.
12. Elaborar y mantener al día los inventarios en
libros de acuerdo a las normas vigentes.
13. Elaborar periódicamente un informe de las
actividades programadas y ejecutadas y presentarlo oportunamente al Rector.
14. Liquidar y pagar oportunamente las obligaciones
contraídas por el plantel.
15-Rendir
informe semestral al consejo directivo de los movimientos contables de la
institución
16.Diligenciar
las actas de Fondos de Servicios Docentes en libros debidamente foliados con
suma claridad, responsabilidad, puntualidad y rendir informe mensual.
2.Cumplir la jornada laboral
legalmente establecida de nueve horas de trabajo, cuarenta y cinco semanales y
solicitar los permisos respectivos cuando deba realizar transacciones
bancarias.
3.Publicar mensualmente en lugar
visible las transacciones realizadas por su dependencia.
18.Informar oportunamente sobre irregularidades que
se presenten.
19. Cumplir con las normas legales vigentes respecto
a deberes y derechos.
20- Ser un estudioso de las normas que
frecuentemente expida el gobierno, para dar fiel cumplimiento a las exigencias
contables que le permitan actualizarse.
FUNCIONES DE LA SECRETARIA GENERAL 1.Gestionar ante la Secretaría de
Educación, Director de Núcleo el registro de los libros reglamentario,
certificados de estudio y tramitar diplomas.
2.Coordinar la organización y
ejecución del proceso de matrícula.
3.Diligenciar los libros de:
Matrícula, Calificaciones, Validaciones, Habilitaciones, Actas de Graduación,
Historial del Colegio, Libros y Actas del Consejo Directivo y Reuniones de
Profesores.
4.Mantener organizada y actualizada la
documentación de los alumnos, personal docente, administrativo y de servicios
generales.
5.Organizar funcionalmente el archivo
y dar información real y oportuna a quienes la solicitan.
6.Organizar la documentación necesaria
y planear los actos protocolarios de
graduación de Bachilleres.
7.Elaborar los trabajos y oficios
ordenados por la Rectoría.
8.Revisar los resultados académicos
por período.
9.Cancelar las matrículas una vez sean
autorizadas por Rectoría.
10.Responder por el uso adecuado,
seguridad y mantenimiento de todos los equipos y materiales confiados a su
cuidado.
11.Programar y organizar las
actividades propias de su cargo.
12.Presentar informe periódico sobre
el funcionamiento de la oficina.
13.Cumplir la jornada laboral
establecida de nueve horas diarias, para
un total de cuarenta y cinco a la semana.
14.Orientar y vigilar que el trabajo
realizado por los secretarios auxiliares
15. ( secretaria tesorera, y
secretaria bibliotecaria) se ajuste a las exigencias actuales y a las normas.
16.Hacer del sitio de trabajo un
ambiente agradable, acorde con su buena organización y dirección.
17.Cumplir las normas legales del
estatuto de personal.
18.Diligenciar de acuerdo con las
normas establecidas los certificados de estudio, certificados y constancias de
profesores, resoluciones de correctivos aplicados a los
alumnos.
19.Elaborar los cuadros estadísticos
para el DANE.
20.Actualizar hojas de vida de los
profesores, relación de alumnos matriculados con los folios correspondientes,
entrega de planillas y boletines por períodos
20.Informar oportunamente sobre las anomalías
e irregularidades que se presenten.
21.Cumplir las normas legales vigentes
sobre deberes y derechos.
22.Atender cortésmente a todas las
personas que le soliciten sus servicios.
Recuerde que la eficiencia y efectividad depende de la
rapidez con que actúe y sirva a la
gente.
FUNCIONES DE LA BIBLIOTECARIA
1.Elaborar un plan general de
actividades.
2.Elaborar el reglamento interno de la
biblioteca, darlo a conocer a los estudiantes y demás personal de la
institución.
3.Organizar técnicamente la biblioteca
y ambientarla para una buena presentación y prestación del servicio.
4.Programar y desarrollar jornadas de
trabajo con profesores y alumnos sobre la adecuada utilización de la
biblioteca.
5.Brindar información a toda la
comunidad educativa sobre los distintos eventos culturales que suceden en la
ciudad.
6.Establecer y mantener intercambio
bibliográfico con entidades nacionales y extranjeras; y con instituciones
educativas y culturales.
7.Suministrar el material
bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización.
8.Difundir a nivel de grupo sobre los
recursos didácticos que ofrece la biblioteca.
9.Llevar el registro de la utilización
del servicio y el control de los prestamos de los libros realizados.
10.Orientar responsablemente a los
usuarios y exigirles el buen tratamiento a todo el material.
11.Manejar con responsabilidad las
ayudas didácticas como: Televisor, VH, Equipo de Sonido, Filminas,
Audiovisuales etc.
12.Elaborar carteleras que ayuden a la
motivación de la lectura y al conocimiento enriquecedor de los libros.
13.Expedir el paz y salvo de la biblioteca.
14.Colaborar con el comité de idiomas
para el trabajo de actividades como: Día del Idioma, Talleres sobre
lecto-escritura etc.
15.Evaluar periódicamente sus
actividades y dar sugerencias sobre la funcionalidad de la biblioteca.
16.Responder por el uso adecuado,
mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres
confiados a su cargo.
17.Cumplir la jornada laboral
legalmente establecida.
18.Colaborar con la secretaria general en la elaboración de documentos
cuando la necesidad lo requiera, igualmente en la trascripción de proyectos
institucionales.
19.Realizar el inventario de la
biblioteca.
FUNCIONES DEL
ORIENTADOR ESCOLAR
1.programar, organizar y ejecutar las
actividades propias de su cargo. Presentar su proyecto.
2.Participar activamente en la
elaboración del proyecto de Educación Sexual y Promoción Juvenil.
3.Planear y programar en colaboración
con el Coordinador Académico, directores
de grupos y demás, las actividades de su dependencia de acuerdo con los
criterios establecidos en las normas y dirección del plantel.
4.Coordinar su acción con los
responsables de los demás servicios de bienestar.
5.Orientar y asesorar a docentes,
alumnos, padres de familia sobre la interpretación y aplicación de la filosofía educativa del
plantel.
6.Atender los casos especiales de
comportamiento y darles la asesoría respectiva.
7.Elaborar y ejecutar los programas de
exploración y orientación vocacional- profesional.
8.Colaborar con los docentes en la
orientación de las pruebas del ICFES.
9.Programar y ejecutar actividades
tendientes a formar líderes, dirigentes y personal con valores y actitudes.
10.Realizar investigaciones tendientes
al mejoramiento del proceso educativo.
11.Evaluar periódicamente las
actividades programadas y ejecutadas y presentar oportunamente los informes al
rector y coordinador académico.
12.Programar, organizar y realizar talleres,
cursos, conferencias, etc, De carácter formativo, de conocimiento a los padres
de familia, alumnos y demás miembros de la comunidad.
13.Organizar la Escuela de padres y
dinamizar el programa con actividades que tiendan a formar y orientar la problemática de sus hijos.
14.Colaborar y organizar conjuntamente
con directivos y docentes, el Gobierno Escolar, Promoción Juvenil y todas
aquellas actividades que tiendan a fortalecer la participación, democracia y
autonomía.
15.Atender el servicio de seguimiento,
de orientación vocacional y profesional de los alumnos.
16.Establecer mecanismos para obtener
el buen rendimiento académico de los estudiantes. Realizar todo tipo de
acciones tendientes a alcanzar tales objetivos (técnicas de estudio).
17.Cumplir con las demás funciones que
le sean asignada, de acuerdo con la naturaleza del cargo.
FUNCIONES
DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
1.Cumplir la jornada legalmente
establecida de 7.00 a
11:00 y de 2:00 a 6:00 p.m.
2.Responder cuidadosamente por la
limpieza y aseo de las áreas asignadas. Oficinas, sala de profesores,
biblioteca, laboratorio, auditorio, cancha,
corredores y baños.
3.Cuidar las plantas, arbolitos y
jardines para que ambienten y le den una buena presentación al plantel.
4.Cuidar y responder por todos los
elementos utilizados para la ejecución de las tareas.
5.Velar y cuidar por el buen estado
del mobiliario y de la seguridad de todos los bienes del plantel.
6.Informar sobre cualquier novedad
ocurrida en las áreas o equipos a su cargo.
7.Velar por el cuidado y limpieza del
lugar asignado para guardar sus elementos personales.
8.Vigilar constantemente que cada cosa
esté en su lugar asignado.
9.Informar al rector de sus ausencias
y solicitar los permisos de acuerdo a la jornada.
FUNCIONES
DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
PORTERO
1.Controlar en la portería la entrada
y salida de personas y objetos.
2.Conducir a las personas a las
oficinas en donde necesiten los servicios después de ser anunciadas.
3.Vigilar que las personas que
solicitan el servicio de biblioteca tengan una presentación acorde con las
exigencias del plantel.
4.Recibir y entregar personalmente la
correspondencia que llega al plantel.
5.Colaborar en el buen mantenimiento,
aseo y limpieza de oficinas, corredores.
6.Cuidar las plantas y jardines
protegiéndolas del mal trato y resequedad.
7.Velar para que todas las cosas estén
en el sitio adecuado.
8.Velar por la seguridad de todas las
puertas de entrada a la institución.
9.Informar oportunamente sobre las
anomalías e irregularidades que se presenten.
10.Cumplir la jornada laboral
legalmente establecida, por conveniencia de Rectoría y atendiendo su solicitud,
cumple su jornada continua de 7:00 a 3:00 Pm
FUNCIONES
DEL CELADOR
1.Ejercer vigilancia estricta del
plantel y de toda el área de recreación y demás zonas verdes.
2.Controlar la entrada y salida de
personas, vehículos y objetos del plantel.
3.No dejar entrar personas extrañas
sin la debida autorización.
4.Velar por el buen estado y
conservación de los implementos de seguridad e informar de inmediato las
anomalías presentadas.
5.Velar por la conservación y
seguridad de los bienes del plantel.
6.Colaborar con la prevención y
control de situaciones de emergencia (daños de acueductos, energía, cerraduras,
ect.).
7.Cumplir la jornada laboral
legalmente establecida.
8.llevar un cuaderno para anotar las
anomalías detectadas e informar oportunamente.
9.Responder por todos los elementos a
su cuidado en caso de pérdida o extravío.
NOTA: con el
fin de que nuestra institución permanezca en completo estado de limpieza y
orden, con un ambiente agradable y saludable, le ruego el favor de colaborar en
lo siguiente:
·
Sacar las canecas de la basura de todas las
aulas y dejarlas listas en el sitio donde las recoge el carro.
·
No permitir que arrojen basuras en las aulas,
corredores, zonas verdes, andenes, evitando así encontrar en las mañanas una
institución donde no se pueda trabajar.
·
Vigilar estrictamente las plantas, arbolitos y
todo el jardín para que permanezca en buen estado, además la no colocación de
afiches y carteleras en la pared y el mobiliario en su sitio correspondiente.
·
El lugar en donde tiene sus pertenencias debe
permanecer muy bien organizado, así lo exige usted como persona humana y digna.
·
Dar un trato cortés a toda la comunidad.
·
Los permisos y ausencias deben ser comunicadas a
los rectores. Deben consignarse en su hoja de vida.
CAPÍTULO XI DISPOSICIONES
ESPECIALES
Artículo 31. ABANDONO DEL
ESTUDIO: Cuando un (a) estudiante abandona la institución
por un lapso superior a 15 días calendario, la Rectoría mediante
resolución motivada, le cancelará la matrícula.
Artículo 32. RETIRO VOLUNTARIO: Cundo el padre de familia o acudiente decida que el (la) estudiante no
vuelva al plantel debe cancelar la matrícula, presentando el carné del o de la
estudiante y el paz y salvo debidamente diligenciado, garantizando con ello la
prioridad para obtener el cupo el año siguiente, previa disposición del mismo.
Artículo 33. EFECTOS DE LA REPROBACIÓN : Los
principales efectos que se deben tener en la reprobación son los siguientes:
1.
la reprobación por primera
vez de
un determinado grado por parte del (la) estudiante, no será causal de
exclusión del establecimiento cuando no esté asociada a otra causal
expresamente contemplada en el Manual de Convivencia ( Artículo96 de la Ley General de
Educación)
2.
la reprobación del grado por
segunda vez en el establecimiento es causal de exclusión del mismo o pérdida
del derecho al cupo para el año siguiente.
Artículo 34. TRANSFERENCIAS: Las transferencias o
traslados de matricula únicamente serán aceptadas siempre
y cuando haya disponibilidad del
cupo.
Artículo 35. COSTOS:
Los costos educativos serán determinados teniendo en cuenta los parámetros
establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación
Municipal para el año lectivo correspondiente.
Artículo 36. PERMUTA DE JORNADA: Para el
cambio de jornada se requiere, que los aspectos académicos y comportamentales
del o la estudiante, de acuerdo con la escala de valoración, no registren
conceptos inferiores a aceptable y con
quien se realice sea estudiante del mismo grado.
Artículo 37. REEMPLAZO DE
REPRESENTANTES: Cuando el o la estudiante elegido (a) el Consejo
Directivo o a la condición de personero
(a) renuncie a esta representación o se retire definitivamente del plantel,
ocupara la representación quién lo haya seguido en votos.
Artículos 38. ACTOS COLECTIVOS INADECUADOS: Todo
acto colectivo que impida el normal desarrollo de clases, pruebas
evaluativas u otras actividades propias de la institución serán sancionadas
en concordancia con los Artículos 17 y 18 del Manual de Convivencia y el
proceso se hará con base al Artículo 19 del mismo.
Artículo 39. Los aspectos no contemplados en
el Manual de Convivencia los definirá, el Consejo Directivo siempre y cuando
haya un estudio previo, según el caso, del Consejo Académico, del Consejo de
Estudiantes o del Consejo de Padres.
CAPÍTULO XIV DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR
Artículo 40. El Sistema Institucional de Evaluación (SIE). La
institución Educativa Juan XXIII adopta
la siguiente escala de valoración del aprendizaje de los estudiantes a partir
del Decreto 1290, emanado del Ministerio de Educación Nacional y adoptado por
el consejo directivo de la institución, MEDIANTE Resolución Nº ____
VALORACIÓN
NACIONAL
|
VALORACION
INSTITUCIONAL
|
DESEMPEÑO SUPERIOR
|
4.6
a 5.0
|
DESEMPEÑO ALTO
|
4.0
a 4.5
|
DESEMPEÑO BÁSICO
|
3.0
a 3.9
|
DESEMPEÑO BAJO
|
1.0
a 2.9
|
DESEMPEÑO SUPERIOR:
Es la
valoración obtenida por el estudiante que asume un comportamiento excepcional
acorde con los valores y la filosofía institucional, alcanza de manera
satisfactoria las competencias de las áreas de aprendizaje y desarrolla de
manera adecuada sus procesos de desarrollo y de pensamiento.
DESEMPEÑO ALTO: Es la valoración asignada al estudiante que se
caracteriza por mantener una actitud
positiva frente a su aprendizaje, un comportamiento acorde a los valores y
filosofía institucional, y alcanza de manera significativa las
competencias propuestas en las áreas de
aprendizaje.
DESEMPEÑO BÁSICO: Valoración asignada al estudiante que presenta
una actitud y comportamiento aceptable
con relación a los valores y la filosofía institucional cumpliendo con los
requerimientos mínimos de desempeño en las áreas de aprendizaje.
DESEMPEÑO BAJO: Valoración que se otorga al estudiante que presenta
una actitud, desempeño y comportamientos insuficientes frente a
los valores, conocimientos, desarrollo de competencias y aprendizajes mínimos, así como de la
filosofía institucional.
Artículo 41.
Porcentajes por periodo académico. El
siguiente es el porcentaje asignado para los resultados obtenidos por el
estudiante en cada periodo académico.
PERIODOS ACADEMICOS
|
PORCENTAJE INSTITUCIONAL
|
PRIMER PERIODO
|
20%
|
SEGUNDO PERIODO
|
30%
|
TERCER PERIODO
|
30%
|
CUARTO PERIODO
|
20%
|
Artículo 42. Aprobación de un área de
aprendizaje. Un área de aprendizaje se aprueba cuando las valoraciones
obtenidas por el estudiante corresponden a desempeño superior, desempeño alto o
desempeño básico, es decir que su calificación está comprendida entre tres
punto cero (3.0) y cinco punto cero (5.0)
Artículo 43. Reprobación de un área de
aprendizaje. Un área de aprendizaje se
reprueba cuando el estudiante al finalizar el periodo correspondiente y
luego de varias estrategias de evaluación efectuadas por el maestro de área
obtiene una calificación entre uno punto cero (1.0) y dos punto nueve (2.9)
También
se reprueba un área por inasistencia a clases durante el periodo y éstas
corresponden en un veinte por ciento (20%) del total de horas clase en el
periodo correspondiente.
Artículo 44. Reprobación o repitencia de un grado escolar. Un grado escolar se
reprueba cuando al finalizar el cuarto periodo el estudiante ha obtenido tres
asignaturas con calificación de Desempeño
Bajo, es decir, las calificaciones obtenidas están comprendidas entre uno
punto cero (1.0) y dos punto nueve ( 2.9)
También
puede reprobarse un año cuando el estudiante, al finalizar el año lectivo,
presenta un total de inasistencia a clase del veinte por ciento 20% de total de
jornadas académicas.
Artículo 45. Promoción de grado y promoción
anticipada. Un estudiante es promovido al grado siguiente cuando, al
finalizar el año lectivo, obtiene como calificación Desempeño Superior,
Desempeño Alto o Desempeño Básico, en la totalidad de las áreas de aprendizaje.
En este caso podrá matricularse al grado siguiente.
Las
Comisiones de Evaluación y Promoción, sugeridas por el titular de grupo,
acuerdan promover un estudiante al grado siguiente porque presenta
características excepcionales en sus dimensiones de desarrollo, así como en sus
actitudes positivas frente al aprendizaje y madurez en su comportamiento. La
promoción anticipada será sugerida en el primer periodo del año lectivo en
curso por parte del titular de grado, previo consentimiento al estudiante y al
padre de familia
Artículo 46. Promoción pendiente o
habilitación de áreas. Se considera como promoción pendiente la situación
de los estudiantes que, al finalizar el año lectivo, obtengan calificaciones de
Desempeño Bajo en una o dos
asignaturas y para superar esta dificultad deberá presentar una evaluación
después de realizar las acciones de apoyo a la insuficiencia proporcionadas por
el docente.
Esta
situación debe definirse en el mismo año lectivo. La evaluación se realizará después
de la clausura y antes de culminar el año lectivo.
El
estudiante con dos áreas perdidas, si al habilitarlas reprueba las dos, deberá
repetir el año; si aprueba una de las dos, deberá presentar nuevamente la
evaluación en la primera semana del año lectivo siguiente, si reincide en la
reprobación no será promovido al grado siguiente y deberá repetir el mismo
grado.
Si
el/la estudiante, al finalizar el año lectivo, pierde un área con nota igual o
superior a DOS CON CINCO (2,5), y si su promedio general de las calificaciones
definitivas incluyendo la nota del área reprobada es igual o superior a CUATRO
CERO (4,0), NO HABILITA dicha área.